|
Visión En el 2012 la Secretaria de Control Urbano y Espacio Publico será eje fundamental en el desarrollo de la ciudad, aplicando la normatividad urbana, generando confianza y cultura necesaria en la comunidad, para la defensa del Espacio Público de acuerdo a lo establecido en el Plan de Ordenamiento Territorial (POT).
Misión. Contribuimos al desarrollo urbanístico de Barranquilla, teniendo como prioridad el control urbano, la regulación del uso, ocupación y aprovechamiento del suelo y la protección del espacio público, procurando su destinación al uso común, garantizando una mejor calidad de vida para sus habitantes con acciones fundamentadas en principios y valores como respeto, honestidad, calidad, compromiso y trabajo en equipo.
FUNCIONESLa Secretaría Distrital de Control Urbano y Espacio Público tendrá las siguientes funciones:
- Coordinar con entidades públicas y privadas del Área Metropolitana tareas inherentes a la Secretaría de Control Urbano y Espacio Público.
- Ejercer la vigilancia y control sobre las construcciones y obras que se desarrollen en el Distrito de conformidad con la ley 388 de 1997, y el Código de Construcción.
- Otorgar permisos y/o autorizaciones para la publicidad exterior visual, así como adelantar las respectivas acciones administrativas tendientes al cumplimiento de las normas que regulan esta materia, así como la de imponer sanciones.
- Vigilar y controlar el cumplimiento de las normas urbanísticas por parte de los curadores urbanos y resolver los recursos de apelación que se interpongan contra las resoluciones que expidan licencias urbanísticas y sus modalidades (urbanización, parcelación, subdivisión y sus modalidades, de construcción y sus modalidades) y demás sometidas al trámite de expedición de licencia.
- Adelantar el procedimiento establecido en el artículo cuarto de la Ley 232 contra los establecimientos comerciales que no cumplan con los requisitos establecidos en el artículo segundo de la misma normatividad
- Direccionar el desarrollo urbano con base en el seguimiento y evaluación de las políticas de ordenamiento territorial, con el fin de apoyar el diseño y ejecución de proyectos urbanos específicos
- Administrar, proteger y recuperar las zonas de uso público y de los elementos constitutivos del Espacio publico del Distrito, para el uso y goce de sus habitantes.
- Adquirir por enajenación voluntaria o decretar la expropiación de inmuebles en los casos previstos en artículo 10 de la Ley 388 de 1997 y demás normas que la modifiquen, reglamenten, sustituyan o complementen.
- Ordenar la enajenación forzosa de los inmuebles que no cumplan con su función social en los términos que contempla la Ley 388 de 1997 y demás normas que, reglamenten, sustituyan o complementen, así como realizar los demás trámites necesarios para cumplir con esta función.
- Direccionar el proceso de defensa y de recuperación del espacio público y ejecutar los procesos y procedimientos tendientes a un espacio público funcional, seguro y agradable en toda la ciudad, en el que haya comunicación fluida y en el que la población pueda disfrutar colectivamente, realizando sus actividades sociales, culturales, económicas, comerciales y deportivas.
- Presentar los informes que le sean solicitados por la Secretaría de Planeación y organismos de control.
- Realizar el seguimiento y evaluación del desempeño y gestión de resultados asignados a la dependencia.
- Presentar los informes que le sean requeridos en forma eficiente y oportuna.
- Expedir certificaciones relativas a su competencia.
- Las demás que el Alcalde Distrital les asigne o delegue o les establezcan en normas especiales.
|