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Visión. Convertirse en la dependencia del mas alto nivel profesional, sostenida por los principios y valores institucionales encaminados a la promoción y consolidación del desempeño eficiente y eficaz por parte de los miembros de la Administración Distrital.
Misión. Ejercer en primera instancia la función disciplinaria, preventiva y sancionatoria a los servidores públicos de la Administración Distrital aplicando la legislación vigente en cumplimiento de los principios y fines del Estado Social de Derecho.
FUNCIONES:
Son funciones de la Oficina de Control Disciplinario las siguientes:
- Administrar, asesorar, conocer y atender de manera integral lo previsto en la Ley 734 de 2002 y demás normas complementarias, relacionada con el Régimen Disciplinario aplicable a todos los funcionarios del Distrito.
- Adelantar y fallar en primera instancia todos los procesos disciplinarios respecto de aquellas conductas en que incurran todos los servidores en el ejercicio de sus funciones, y ex funcionarios, que afecten la correcta prestación del servicio y el cumplimiento de los fines y funciones
- Coordinar las políticas, planes y programas de prevención y orientación que minimicen la ocurrencia de conductas disciplinables.
- Diseñar estrategias de organización interna para el manejo eficiente y con celeridad de los procesos en primera instancia de competencia de la Oficina.
- Cumplir lo previsto en las normas, reglamentos, procedimientos y demás disposiciones legales de carácter general y las específicas establecidas por la Administración Central Distrital.
- Expedir las certificaciones de antecedentes disciplinarios al personal docente para ascenso al escalafón.
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