Preguntas Frecuentes
1. ¿Qué es el Sistema de Control Interno?
De acuerdo con lo establecido en la Ley 87 de 1993, el SCI está integrado por el esquema de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad.
Lo anterior con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención de las metas u objetivos propuestos.
2. ¿Para qué sirve el SCI?
El Sistema de Control Interno busca:
· El mejoramiento de la gestión de las entidades públicas
· Articular las unidades organizacionales de las entidades públicas de manera que funcionen como un sistema armónico.
· Definir parámetros para evaluar planes y programas.
· Brindar elementos para la toma de decisiones
· Generar información para la retroalimentación constante entre todas las instancias de la entidad territorial
· Brindar posibilidades para mejorar el desempeño de las personas y previene posibles errores humanos
· Asegurar el cumplimiento de la constitución nacional y las normas legales aplicables
· Promover los principios de autocontrol, la autogestión y autorregulación
3. ¿Qué es el MECI?
El Decreto Nacional 1499 de 2017 actualiza el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado colombiano (MECI), el cual se define como un modelo que proporciona una estructura de control de la gestión adoptada por las entidades del Estado Colombiano para facilitar pautas dirigidas a controlar:
· La planeación
· La gestión
· La evaluación y seguimiento en las entidades públicas.
4. ¿Cuál es el objetivo de la Gerencia de Control Interno de Gestión?
Evaluar de manera independiente, objetiva y sistemática la efectividad del Sistema de Control Interno y el Sistema Integrado de Gestión, mediante la aplicación de instrumentos de evaluación y
métodos de auto evaluación institucional para agregar valor a la gestión de la entidad, orientar el fortalecimiento organizacional y contribuir al cumplimiento de los objetivos y metas definidas.
5. ¿La Gerencia de Control Interno de Gestión tiene funciones disciplinarias?
No, el artículo 3° del Decreto No. 0377 del 23 de agosto de 2022 estableció que la Oficina de Control Interno Disciplinario es el responsable de adelantar la instrucción e investigación disciplinaria en la entidad territorial.