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Padre carga a su hijo

A propósito del Día del Padre, te traemos esta información de interés

 

El Día del Padre es una ocasión para reconocer y agradecer a los padres por su amor, dedicación y sacrificios. Cada familia puede tener sus propias tradiciones y formas de celebrar este día, pero lo más importante es expresar el cariño y gratitud hacia los padres y hacerles sentir especiales en su día.

En el marco de esta festividad queremos recordar cómo es el proceso en la Alcaldía de Barranquilla para solicitar la licencia de paternidad en el caso del nacimiento de un hijo de nuestros funcionarios. 

El esposo o compañero permanente tiene derecho a catorce (14) días calendario de licencia remunerada de paternidad. El inicio de la licencia se contará a partir del día de nacimiento del hijo.

El reconocimiento de la licencia de paternidad está a cargo de la EPS en un cien por ciento (100 %), para lo cual se requerirá que el padre haya cotizado efectivamente durante el número de semanas correspondientes al período de gestación en los términos que se reconoce la licencia de maternidad y paternidad.  

Para los recobros de la licencia de paternidad es necesario la radicación de los documentos soporte en el término de los ocho (8) días hábiles de la licencia.

Para los hijos adoptados y prematuros se aplicará la misma norma y se verificará con el acta de adopción, siempre y cuando estos sean menores a siete años.

El servidor público debe entregar a la Secretaría de Gestión Humana, en el día que se reintegre a sus labores, los siguientes documentos:  

             Registro civil del recién nacido.

             Fotocopia de la cédula de los padres.

             Fotocopia del certificado de licencia de maternidad.

             Fotocopia del acta de adopción (para padre adoptante)