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Funcionarios de Gobierno durante operativos

Estructura y funciones

La Oficina de Inspecciones y Comisarías es una dependencia de la Secretaría de Gobierno

La Oficina de Inspecciones y Comisarías es una dependencia de la Secretaría Distrital de Gobierno. El jefe actual es William Estrada.

La sede central está ubicada en la carrera 43 No. 35-38, piso 2.

Teléfonos: 3790264, 3183517569 y 3183517204.


Dependencias de la Oficina de Inspecciones y Comisarías

En Barranquilla funcionan 24 Inspecciones Urbanas de Policía, dos de las cuales tienen competencias para atender temas relacionados con protección al consumidor y metrología legal.

Además, prestan servicios 17 Comisarías de Familia y la Oficina de Estadísticas y Defunciones, además de dos corregidurías: Juan Mina y La Playa.


Funciones del jefe de la Oficina de Inspecciones

  1. Coordinar la prestación del servicio propio de las Inspecciones de policía y comisarías de familia del Distrito de Barranquilla garantizando la satisfacción total de sus usuarios
  2. Atender los requerimientos de los inspectores de policía y comisarios de familia y brindar su apoyo y concurso para la mejor prestación de los servicios a su cargo.
  3. Realizar seguimiento y evaluación permanente a la labor de cada una de las inspecciones de policía y comisarías de familia del Distrito de Barranquilla y tomar los correctivos necesarios para la óptima atención de los ciudadanos.
  4. Coordinar con las autoridades del Instituto Colombiano de Bienestar familiar y el Ministerio Público la realización de operativos y actividades tendientes a proteger la integridad de la familia y los derechos de los niño, niñas y adolescentes.
  5. Solicitar la intervención de otras autoridades cuando la situación amerite el concurso de varios niveles de autoridad y jerarquía en el tratamiento de los asuntos propios del servicio prestado por las inspecciones de policía y comisarías de familia.
  6. Monitorear la operación y funcionamiento de los Comités Locales de Seguridad y Convivencia.

Competencias de los Inspectores de Policía Urbanos y Corregidores

Conforme al Artículo 206 del Código Nacional de Policía y Convivencia, Ley 1801, son atribuciones de los Inspectores de Policía Urbanos y Corregidores:

  1. Conciliar para la solución de conflictos de convivencia, cuando sea procedente.
  2. Conocer de los comportamientos contrarios a la convivencia en materia de seguridad, tranquilidad, ambiente y recursos naturales, derecho de reunión, protección a los bienes y privacidad, actividad económica, urbanismo, espacio público y libertad de circulación.
  3. Ejecutar la orden de restitución, en casos de tierras comunales.
  4. Las demás que le señalen la Constitución, la ley, las ordenanzas y los acuerdos.
  5. Conocer, en única instancia, de la aplicación de las siguientes medidas correctivas:
    • a) Reparación de daños materiales de muebles o inmuebles;
    • b) Expulsión de domicilio;
    • c) Prohibición de ingreso a actividad que involucra aglomeraciones de público complejas o no complejas;
    • d) Decomiso.
  6. Conocer en primera instancia de la aplicación de las siguientes medidas correctivas:
    • a) Suspensión de construcción o demolición;
    • b) Demolición de obra;
    • c) Construcción, cerramiento, reparación o mantenimiento de inmueble;
    • d) Reparación de daños materiales por perturbación a la posesión y tenencia de inmuebles;
    • e) Restitución y protección de bienes inmuebles, diferentes a los descritos en el numeral 17 del artículo 205;
    • f) Restablecimiento del derecho de servidumbre y reparación de daños materiales;
    • g) Remoción de bienes, en las infracciones urbanísticas;
    • h) Multas;
    • i) Suspensión definitiva de actividad.

PARÁGRAFO 1o.

Los inspectores de Policía no ejercerán funciones ni realizarán diligencias jurisdiccionales por comisión de los jueces, de acuerdo con las normas especiales sobre la materia.


Competencias de las Comisarías de Familia

En términos operativos, las Comisarías de Familia en el Distrito de Barranquilla atienden las competencias, además de las establecidas en la Constitución y la ley, las asignadas a través de la realización de actividades preventivas en estos procesos:

  • Conciliación en derecho en asuntos de familia dentro del marco de la ley 640 de 2001.
  • Fijación de cuota de alimentos y visitas de N.N y Adolecente y adultos mayores.
  • Restablecimiento de derechos en maltrato infantil, cuidados personales y custodia provisional.
  • Recepción de denuncias y tramitación de solicitudes de medidas de protección por: violencia intrafamiliar de conformidad con la ley 294 de 1996, Ley 575 del 2000 y Ley 1257 de 2008.
  • Recepción y tramitación de denuncias por niños, niñas o adolescentes en estado de vulneración, o inobservancia de sus derechos o en situación de desprotección de acuerdo con la ley 1098 de 2006 y su decreto reglamentario 4840 de 2007.
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