Medidas especiales por visita de presidente
BOLETÍN 0162
Con el objeto de garantizar la seguridad del Presidente de la Republica Juan Manuel Santos Calderón en su visita oficial a la ciudad de Barranquilla este viernes 10 de octubre, la Alcaldía Distrital y la Secretaría de Movilidad implementarán medidas de movilidad a partir de 6:00 de la mañana hasta las 8:00 de la noche y/o salida del señor Presidente de la ciudad de Barranquilla.
Por lo cual se amplía el horario y vías de restricción, dispuestos en el Decreto 0839 de octubre 3 de 2013 “Por medio del cual se adoptan medidas de movilidad en el Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla con ocasión a la celebración del partido entre la Selección de Colombia y la Selección de Chile el día 11 de octubre de 2013”
Las medidas adoptadas son:
1.- PROHIBICIÓN DE PARQUEO DE VEHÍCULOS EN LAS SIGUIENTES VÍAS:
Se prohíbe el estacionamiento de vehículos en los alrededores del Estadio Metropolitano, “Roberto Meléndez” específicamente los siguientes tramos viales:
- Calle 46 entre la Circunvalar y la Carrera 1E.
- Carrera 1 (Avenida Las Torres) entre la Calle 45 (Murillo) y Calle 46F.
- Calle 45 (Murillo) entre la carrera 1E y Circunvalar.
- Vía Circunvalar entre Calle 45 (Murillo) y Calle 46.
Se prohíbe el estacionamiento en la Ruta Presidencial y los alrededores del Colegio Biffi La Salle, específicamente la zona contenida por los siguientes tramos viales, (la restricción aplica también para estos tramos viales):
- Calle 85 desde la Carrera 57 hasta la Carrera 53.
- Carrera 53 desde la Calle 85 hasta la Calle 90.
- Calle 90 desde la Carrera 53 hasta la Carrera 57
- Carrera 57 desde la Calle 90 hasta la Calle 85
Se dará aplicación a la regulación de estacionamiento contenida en el Decreto Distrital No. 0876 del 5 de septiembre de 2012 “Por medio del cual se regula el estacionamiento de vehículos en vías del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla”, el cual podrá ser consultado en la página web de la Secretaría Distrital de Movilidad http://www.barranquilla.gov.co/movilidad/. Por lo cual no se podrán estacionar sobre andenes, zonas verdes o sobre cualquier espacio público destinado a peatones, recreación o conservación.
El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.2 (estacionar un vehículo en sitios prohibidos), será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley 769 del 2002, modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 del 2010.
2. PROHIBICIÒN DE CIRCULACION DE VEHICULOS PESADOS Y ACTIVIDADES DE CARGUE Y DESCARGUE EN:
Alrededores del Estadio Metropolitano, “Roberto Meléndez”:
- Circunvalar desde la Calle 45 (Murillo) hasta la Calle 49.
- Calle 49 desde la Circunvalar hasta la Carrera 4.
- Carrera 4 desde la Calle 49 hasta la Calle 45 (Murillo).
- Calle 45 (Murillo) desde la Carrera 4 hasta la Circunvalar.
Ruta Presidencial y los alrededores del Colegio Biffi La Salle
- Calle 85 desde la Carrera 57 hasta la Carrera 53.
- Carrera 53 desde la Calle 85 hasta la Calle 90.
- Calle 90 desde la Carrera 53 hasta la Carrera 57
- Carrera 57 desde la Calle 90 hasta la Calle 85.
Las actividades de cargue y descargue en las vías mencionadas en el punto 1 están prohibidas. Por consiguiente los permisos de cargue y descargue no tendrán validez.
El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada B.19 realizar el cargue y descargue de un vehículo en sitios y horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con multa equivalente a ocho (8) salarios mínimos legales diarios vigentes. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley 769 del 2002, modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 del 2010.
3.- PROHIBICIÒN DE LA CIRCULACIÒN DE MOTOCICLETAS, MOTOCARROS, CUATRIMOTOS Y MOTOTRICICLOS CON ACOMPAÑANTE HOMBRE O MUJER EN LOS SIGUIENTES TRAMOS VIALES:
Alrededores del Estadio Metropolitano, “Roberto Meléndez”
- Calle 45 (Murillo), desde la Carrera 2E hasta la Circunvalar.
- Circunvalar desde la Calle 45 (Murillo) hasta la Calle 47.
- Calle 47 desde la Circunvalar hasta la Carrera 2E.
- Carrera 2E desde la Calle 47 hasta la Calle 45 (Murillo).
Ruta Presidencial y los alrededores del Colegio Biffi La Salle
- Calle 85 desde la Carrera 57 hasta la Carrera 53.
- Carrera 53 desde la Calle 85 hasta la Calle 90.
- Calle 90 desde la Carrera 53 hasta la Carrera 57
- Carrera 57 desde la Calle 90 hasta la Calle 85.
El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.14 (transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por las autoridades competentes), será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes. Además, el vehículo será inmovilizado. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley 769 del 2002, modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 del 2010. Literal C14.
OFICINA DE COMUNICACIONES
SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD