Seleccione esta opci�n como atajo para volver al inicio de esta p�gina.

Se regula cierre de vias para eventos en el norte de la ciudad

BOLETÍN 103

En cumplimiento con la misión de generar una movilidad ágil y segura e implementar acciones de prevención en las vías de la ciudad, la Alcaldía de Barranquilla a través de la Secretaría de Movilidad, restringe la realización de eventos en vías del norte de la ciudad.

La medida se implementó con base en el informe que elaboró la Oficina Técnica de la Secretaría de Movilidad “Análisis de la incidencia de los cierres de vías por eventos en la movilidad”, en el  cual se recomienda restringir estas vías para la realización de eventos por el alto traumatismo que ocasionan a los residentes del sector al perturbar su tranquilidad y a la movilidad de la ciudad.

Como apoyo al deporte y a la cultura de la ciudad la Secretaría de Movilidad informa que los organizadores de las diferentes actividades donde requieran cierre de vías (desfiles, competencias deportivas y recreativas, marchas, procesiones, actos religiosos, cristianos y evangélicos), pueden programar y desarrollar sus eventos en vías donde no se altere la calidad de vida de los ciudadanos ni la movilidad, como ejemplo la Vía 40.

La Resolución 0059 de 2014 comenzó a regir a partir del 1 de junio de 2014 y se prohíbe específicamente la realización de eventos en las troncales del Sistema de Transporte Público Masivo, Transmetro, y en la  zona norte enmarcada por las siguientes vías:

-Calle 76 entre carrera 46 y carrera 60 (la prohibición aplica para la calle 76).

-Carrera 46 entre calle 76 y Avenida Circunvalar (la prohibición aplica para la carrera 46).

-Avenida Circunvalar entre carrera 46 y carrera 55 (la prohibición aplica para la Avenida Circunvalar).

-Carrera 60 entre calle 76 y calle 81 (empalme con carrera 64, la prohibición aplica para la carrera 60).

-Carrera 64 entre calle 81 y calle 99 (la prohibición aplica para la carrera 64).

-Calle 99 entre carrera 64 y carrera 57 (la prohibición aplica para la calle 99).

-Carrera 57 entre calle 99 y empalme carrera 55 (la prohibición aplica para la carrera 57).

-Carrera 55 entre empalme carrera 57 y Avenida Circunvalar (la prohibición aplica por la carrara 55).

Se exceptúan de esta prohibición a los eventos que se realicen con ocasión de la temporada de pre-Carnaval, Carnaval de Barranquilla y Semana Santa.

Las autoridades de Tránsito velarán por el estricto cumplimiento de esta resolución, que mejorará notablemente la movilidad en esta zona de la ciudad y logrará que Barranquilla sea una ciudad en dirección hacia el progreso y crecimiento.

 

 

OFICINA DE COMUNICACIONES

SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD