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Se regula la realización de eventos en vías públicas en el Distrito de Barranquilla

 

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BOLETÍN 063

 

En cumplimiento con la misión de generar una movilidad ágil y segura e implementar acciones de prevención en las vías de la ciudad, la Alcaldía de Barranquilla a través de la Secretaría de Movilidad, restringe la realización de eventos en vías públicas del Distrito.

La medida se implementó con base en el informe que elaboró la Oficina Técnica de la Secretaría de Movilidad “Análisis de la incidencia de los cierres de vías por eventos en la movilidad”, en el  cual se recomienda restringir estas vías para la realización de eventos por el alto traumatismo que ocasionan a los residentes del sector al perturbar su tranquilidad y a la movilidad de la ciudad.

Como apoyo al deporte y a la cultura de la ciudad, la Secretaría de Movilidad informa que los organizadores de las diferentes actividades donde requieran cierre de vías (desfiles, competencias deportivas y recreativas, marchas, procesiones, actos religiosos, cristianos y evangélicos), pueden programar y desarrollar sus eventos en vías donde no se altere la calidad de vida de los ciudadanos ni la movilidad.

La Resolución 0059 de 2016 comenzó a regir a partir del 8 de abril de 2016 y se prohíbe específicamente la realización de eventos en las troncales del Sistema de Transporte Público Masivo Transmetro y en la zona norte enmarcada por las siguientes vías:

  • Calle 93 entre Carreras 46 y 51B (la prohibición aplica para la Calle 93).
  • Calle 94 entre Carreras 51B y 64 (la prohibición aplica para la Calle 94).
  • Carrera 46 entre Calle 93 y Avenida Circunvalar (la prohibición aplica para la Carrera 46).
  • Avenida Circunvalar entre Carrera 46 y Carrera 55 (la prohibición aplica para la Avenida Circunvalar).
  • Carrera 64 entre Calles 94 y 99 (la prohibición aplica para la Carrera 64).
  • Calle 99 entre Carreras 64 y 57 (la prohibición aplica para la Calle 99).
  • Carrera 57 entre Calle 99 y empalme con Carrera 55 (la prohibición aplica para la Carrera 57).
  • Carrera 55 entre empalme con Carrea 57 y Avenida Circunvalar (la prohibición aplica para la Carrera 55).

Además se prohíbe la realización de todo tipo de evento de lunes a sábados en las vías públicas de la zona norte de la ciudad enmarcadas por las siguientes vías:

  • Calle 76 entre Carreras 46 y 60 (la prohibición aplica para la Calle 76).
  • Carrera 46 entre Calles 76 y 93 (la prohibición aplica para la Carrea 46).
  • Calle 93 entre Carreras 46 y 51B (la prohibición aplica para la Calle 93).
  • Calle 94 entre Carreras 51B y 64 (la prohibición aplica para la Calle 94).
  • Carrera 60 entre Calles 76 y 81(empalme con Carrera 64- la prohibición aplica para la Carrera 60).
  • Carrera 64 entre Calles 81 y 94 (la prohibición aplica para la Carrera 64).

Los domingos y festivos sí se podrán hacer eventos en las vías antes mencionadas.

Se exceptúan de esta prohibición a los eventos que se realicen con ocasión de la temporada de pre-Carnaval, Carnaval de Barranquilla y Semana Santa.

 

La Secretaría de Movilidad a través de la Policía de Tránsito, velarán por el estricto cumplimiento de esta resolución, que mejorará notablemente la movilidad en esta zona de la ciudad y la calidad de vida de todos los barranquilleros.

 

 

 

OFICINA DE COMUNICACIONES

SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD

ABRIL 11 DE 2016