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La Alcaldía Distrital de Barranquilla desarrolla en la actualidad, con la Comisión Nacional del Servicio Civil, el concurso abierto de méritos de ascenso y abierto
En cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado 01 Penal Circuito Adolescentes Función Conocimiento – Atlántico – Barranquilla, se notifica la vinculación de la presente acción de tutela para fines pertinentes.
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO SEXTO LABORAL DEL CIRCUITO BARRANQUILLA, nos permitimos publicar a la acción de tutela instaurada por la señora Jennifer Paola Mercado Camargo:
Jennifer Paola Mercado Camargo
QUINTO: ORDENAR al D.E.I.P. DE BARRANQUILLA y a la COMISIÓN NACIONAL DE SERVICIO CIVIL, publicar la admisión de la presente tutela y la respectiva demanda, en el link correspondiente, de sus respectivas páginas web, dedicado al concurso de méritos a los participantes en el concurso llevado a cabo en el Proceso de selección No. 758 del 2018 convocatoria Territorial Norte. La constancia del respectivo envío ordenado en el numeral anterior, y de la publicación en la página web, deberá ser allegada al proceso dentro del término otorgado en el numeral TERCERO del presente proveído.
Norely Etzel Martinez Pantoja,
Johanna Patricia Castellar Durán,
“ORDENAR a la Comisión Nacional del Estado Civil, y a la SECRETARÍA DISTRITAL DE GESTIÓN HUMANA –ALCALDÍA DISTRITAL DE BARRANQUILLA, publicar la demanda de tutela y este auto admisorio en lugar visible en sus portales web, para poner en conocimiento a los demás participantes del Concurso de Méritos Convocatoria Territorial Norte –(OPEC 75476), según proceso de Selección Nº 758 de 2018 – para la proveer con carácter definitivo con derecho de carrera seis(6) cargos del tipo de empleo denominado Técnico Operativo Código 314 grado 01 de la Alcaldía Distrital de Barranquilla”
JAVIER EDUARDO MOLINA VILLANUEVA
Se publica acción de tutela interpuesta por la señora DIANA ALEE BRUWING ante el Juzgado 13 Civil del Circuito de Barranquilla.
Notificación fallo tutela Yeisson Mejía Alvarino
3).- Se ORDENA a la SECRETARIA DISTRITAL DE TALENTO HUMANO de la ALCALDIA DISTRITAL DE BARRANQUILLA, que se sirva notificar el presente auto de admisión de tutela, con sus respectivos traslados, a los correos electrónicos de las personas vinculadas en el numeral anterior y a través de aviso publicado en la página web de dicha entidad, previniéndoles que cuentan con el término de TRES (3) días siguientes a la fecha en que se les notifique para efectos de presentar las defensas que consideren tener a su favor.
Se publica acción de tutela interpuesta por Jaime Alberto Florez Movilla
Se publica acción de tutela interpuesta por Olga Villa Imitola
Se publica acción de tutela interpuesta por Zuleiny de la Torre Carrasquilla
ZULEINY DE LA TORRE CARRASQUILLA
ACCION DE TUTELA VIVIAN CAROLINA SOLANO QUIROZ – ORDENAR a la ALCALDÍA DISTRITAL DE BARRANQUILLA, para que dentro del día siguiente a la notificación de este proveído, se encarguen de efectuar la notificación del presente auto, así como del fallo constitucional a los correos electrónicos de las personas que ocupan los cargos de Inspector de Policía Urbano Categoría Especial y 1ª Categoría, Código 233, Grado 8, que han sido vinculados en el numeral 3 de este auto, a efectos de notificar a los terceros interesados para que en caso de considerarlo pertinente concurran al trámite constitucional y remitan constancia de ello, en el informe solicitado, así mismo, que se remita a este despacho el listado junto con datos de notificación física y electrónica de estas personas.
Se publica acción de tutela interpuesta por Nilson Rodríguez Vergara
Se publica acción de tutela interpuesta por Néstor Coba Urango.
SE PUBLICA ACCIÓN DE TUTELA INTERPUESTA POR LA SEÑORA KATRY LUZ NUÑEZ GUZMAN,
Atendiendo lo ordenado por el JUZGADO 14 CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA ” 4. Ordenar a las dependencias accionadas que publiquen en forma digital o web en espacios de acceso directo al público, la presente acción constitucional, así como la parte resolutiva de este auto admisorio de tutela, a efecto de que hagan valer sus derechos como contestación a la misma dentro del término de las 24 horas siguientes a que reciban comunicación, en aras de salvaguardar los derechos de defensa de todos los interesados, se procede a publicar la siguiente acción de tutela.
Se publica acción de tutela interpuesta por la señora LIZETH MARÍA CARDONA AYCARDI, conforme lo ordenado por el Juzgado Quinto Municipal “SEXTO: ORDENAR al D.E.I.P. DE BARRANQUILLA y a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, publicar la admisión de la presente tutela y la respectiva demanda, en el link correspondiente, de sus respectivas páginas web, dedicado al concurso de méritos a los participantes en el concurso llevado a cabo en el Proceso de selección No. 758 del 2018 convocatoria Territorial Norte. La constancia del respectivo envío ordenado en el numeral anterior, y de la publicación en la página web, deberá ser allegada al proceso dentro del término otorgado en el numeral CUARTO del presente proveído”
SE PUBLICA ACCIÓN DE TUTELA INTERPUESTA POR LA SEÑORA BRIDBANYS PATRICIA SANTANDER NARVAEZ, CONFORME LO ORDENADO POR EL JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BARRANQUILLA
“Como la solicitud de tutela reúne los requisitos descritos, y de acuerdo con la regla de reparto anotada le corresponde a esta agencia judicial asumir el conocimiento de la acción constitucional, se admitirá y se vinculará a los participantes dentro de la Opec 7733 para el cargo técnico operativo código 314 grado 01 y que se encuentran en la lista de elegibles según resolución No. 10153 del 28 de julio de 2020, para lo cual se ordena a la Alcaldía Distrital de Barranquilla y a la Comisión Nacional del Servicio Civil poner en conocimiento a través de sus páginas web la presente acción constitucional, inclusive trasmitir esta decisión toda vez que tienen el conocimiento de las direcciones electrónicas de los participantes.”
BRIDBANYS PATRICIA SANTANDER NARVAEZ
SE PUBLICA ACCIÓN DE TUTELA RAD: 08-001-31-05-003-2021-00289-01 Accionante: VIVIANA CAROLINA SOLANO QUIROZ Accionado: DISTRITO INDUSTRIAL ESPECIAL Y PORTUARIO DE BARRANQUILLA CNSC M.P CLAUDIA FANDIÑO
VIVIANA CAROLINA SOLANO QUIROZ
En cumplimiento a lo ordenado por el JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BARRANQUILLA nos permitimos publicar acción de tutela interpuesta por la señora BRIDBANYS SANTANDER:
(…) se vinculará a los participantes dentro de la Opec 7733 para el cargo técnico operativo código 314 grado 01 y que se encuentran en la lista de elegibles según resolución No. 10153 del 28 de julio de 2020, para lo cual se ordena a la Alcaldía Distrital de Barranquilla y a la Comisión Nacional del Servicio Civil poner en conocimiento a través de sus páginas web la presente acción constitucional, inclusive trasmitir esta decisión toda vez que tienen el conocimiento de las direcciones electrónicas de los participantes.
SE PUBLICA ACCION DE TUTELA INTERPUESTA POR EL SEÑOR JOSE LUIS CAJAR ALVAREZ, EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR EL Juzgado Segundo de Familia 2.- Ordénese a la Comisión Nacional del Servicio Civil, Universidad Libre, Comisión de Personal de la Alcaldía Distrital de Barranquilla y Alcaldía Distrital de Barranquilla que notifiquen este proveído y el de fecha 23 de agosto de 2021, a este trámite a todos los inscritos al proceso descrito con anterioridad a través de los correos electrónicos informados y de la página web de cada una de las entidades, de lo cual deberá dar cuenta inmediatamente a este juzgado, adjuntando las pruebas de la publicación ordenada.
JUZGADO SEGUNDO (2º) PENAL DEL CIRCUITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BARRANQUILLA – ATLÁNTICO, TERCERO: VINCULAR en calidad de terceros con interés legítimo a quienes conforman la lista de elegibles conformada a través de la Resolución Nº 8887 (20202210088875) del 15 de septiembre de 2020, para la OPEC Nº 70191 para el cargo denominado Profesional Universitario código 219 grado 01, como de aquellos que ocupen cargos equivalentes, en virtud de lo anterior, se ORDENA a los accionados procedan a la publicación del auto admisorio como de la acción de tutela en sus respectivas páginas WEB. Deberán allegar la constancia de la publicación.
lista de elegibles conformada a través de la Resolución Nº 8887 (20202210088875)
En cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Barranquilla “CUARTO: Ordenar al DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL Y PORTUARIO DE BARRANQUILLA y COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, publicar el presente auto en la página web de cada una de las accionadas, para efectos de notificación”, publicamos acción de tutela interpuesta por la señora VIVIAN CAROLINA SOLANO QUIROZ.
POR MEDIO DE LA CUAL SE PUBLICA ACCIÓN DE TUTELA INTERPUESTA POR EL SEÑOR RODRIGO BERMEO.
Se publica acción de tutela Interpuesta por Carlos Berrio Berrio.
POR MEDIO DEL CUAL SE PUBLICA ACCIÓN DE TUTELA INTERPUESTA POR EL SEÑOR ADIEL DE JESUS PEREZ TORRES Y COADYUVANTES.
ADIEL DE JESUS PEREZ TORRES Y COADYUVANTES.
POR MEDIO DE LA CUAL SE PUBLICA ACCIÓN DE TUTELA INTERPUESTA POR LA SEÑORA JAIGLAD PATRICIA GUTIERREZ BARRIOS.
JAIGLAD PATRICIA GUTIERREZ BARRIOS.
SE PUBLICA ACCIÓN DE TUTELA RAD. 08001 – 31 – 05 – 005 – 2021 – 00053 – 00. ACCIONANTE: ANDREA PAOLA ALVARADO ALVAREZ , CONFORME LO ORDENADO POR EL JUZGADO QUINTO LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA.
TERCERO: VINCULAR dentro del presente trámite a los integrantes de la lista de elegibles relacionados en la resolución 8320 de 2020 expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, con ocasión de la convocatoria territorial norte Nº 758 de 2018 para proveer veintiocho vacantes definitivas del empleo denominado AUXILIAR ADMINISTRATIVO CODIGO 407 GRADO 02 identificado con el código OPEC 70336 del sistema general de carrera administrativa de la planta de personal de la Alcaldía Distrital de Barranquilla, como terceros con intereses en las resultas del proceso.
CUARTO: COMISIONAR a DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL Y PORTUARIO DE BARRANQUILLA y COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL para que, realicen la notificación de esta decisión a los integrantes de la lista de elegibles relacionados en la resolución 8320 de 2020 expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, con ocasión de la convocatoria territorial norte Nº 758 de 2018,y, además, publiquen en su página web el presente auto admisorio junto con el traslado del escrito de tutela; otorgándoles un término de dos (02) días, para que aporten a este Despacho la documental que acredite la presente carga procesal impuesta.
Por medio del cual se publica por orden del Juzgado Primero Civil del Circuito Oral de Barranquilla, ante la acción interpuesta por el señor ERIOS NED GONZALEZ FONTALVO “TERCERO: Con fundamento en el art. 30 del Decreto 2591 de 1991, se ORDENA a la ALCALDÍA DISTRITAL DE BARRANQUILLA, que haga publicación o inserción inmediata en su página o portal web, de la presente sentencia vertida dentro de la impugnación instaurada por ERIOS NED GONZALEZ FONTALVO, a efectos de enterársele de lo resuelto, a todos quienes formen parte de la lista de elegibles para el cargo distrital de: «TÉCNICO OPERATIVO –GRADO 314-01». A tal efecto, se deberá remitir constancia de lo mismo con destino al expediente, en un plazo no mayor a tres (03) horas, contadas a partir de la notificación de esta providencia”.
Atendiendo la orden del JUZGADO ONCE DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIAS MULTIPLES, se publica la acción de tutela interpuesta por la señora DAYAN LEONES “4. ORDÉNESE a la ALCALDIA DISTRITAL DE BARRANQUILLA y a la SECRETARIA DE GESTION HUMANA, que publique en su página web la presente providencia para el conocimiento de los terceros interesados integrantes de la Lista de Elegibles de la CONVOCATORIA TERRITORIAL NORTE 758 de 2018, para el cargo de AUXILIAR ADMINISTRATIVO CÓDIGO Y GRADO 407-02”
Por medio del cual se publica en cumplimiento de lo ordenado por la SALA SEGUNDA DE DECISIÓN LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA, el auto de fecha 23 de Marzo del 2021, proferido dentro de la Acción de Tutela de la referencia, promovida por MILAGRO ELVIRA BURGOS SANTIAGO, contra el DISTRITO DE BARRANQUILLA, y la COMISIÓN NACIONAL DEL SERIVICIO CIVIL
“CUARTO: Vincular al presente tramite a las personas que integran la lista de elegibles para proveer el cargo Técnico Operativo, Código 314, Grado 1, identificado con el Código OPEC No. 75504 del Sistema General de Carrera Administrativa de la Planta de Personal de la Alcaldía Distrital de Barranquilla (Atlántico); proceso de selección No. 758 de 2018 – Convocatoria Territorial Norte, a quienes les asiste un interés directo en las resultas del presente trámite, estimándose imperiosa su vinculación a fin que ejerzan su derecho de defensa y contradicción Para efectos de la notificación, se Ordenará a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y al DISTRITO DE BARRANQUILLA, publicar el presente auto admisorio en la página web de cada una de las accionadas; las accionadas deberán allegar al Despacho la respectiva constancia de publicación.”
MILAGRO ELVIRA BURGOS SANTIAGO
En cumplimiento a la orden del Juzgado Primero Civil del Circuito Oral de Barranquilla, se publica auto de la acción de tutela interpuesta por el señor ERIOS NED GONZALEZ FONTALVO.
SE PUBLICA AUTO DE LA ACCION DE TUTELA INTERPUESTA POR EL SEÑOR LUIS ALBERTO AGUILAR DIAZ, EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR EL JUZGADO TERCERO LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA
Para efectos de la notificación, se Ordenará a la ALCALDIA DISTRITAL DE BARRANQUILLA y a la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, publicar el presente auto en la página web de cada una de las accionadas, las cuales deberán allegar al Despacho la respectiva constancia de publicación.
TERCER: Notifíquese al accionante señor LUIS ALBERTO AGUILAR DIAZ, quien actúa en causa propia mediante correo electrónico o por el medio más expedito posible, de acuerdo con lo establecido en el Articulo 16 del Decreto 2591 de 1991.
CUARTO: Librar los correos con los oficios de rigor.
Se publica accion de Tutela interpuesta por la señora Katerine Goenaga Goenaga.
Atendiendo lo ordenado por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito con funciones de conocimiento, publicamos fallo de la acción de tutela del señor RAUL RADA ESCOBAR.
Ofíciese a la Alcaldía Distrital de Barranquilla y a la Comisión Nacional del Servicio Civil, a fin de que notifiquen a través de su portal Web o de cualquier medio disponible, a las señoras YUMARIS MERCADO ESPINEL y GREYSA SOFIA MARQUEZ BARRIOS, y a las personas que forman parte de la lista de elegibles relativa a la OPEC – N° 70336 ofertada del proceso de selección N° 758 de 2018 – “Convocatoria Territorial Norte” – Acuerdo N° CNSC –2018000006346 del 16 de octubre de 2018, de la presente decisión
Atendiendo lo ordenado por el JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO ORAL DE BARRANQUILLA , nos permitimos publicar acción de tutela interpuesta por el señor JUAN GILBERTO MACHACON VILLARREAL
JUAN GILBERTO MACHACON VILLARREAL
SE PUBLICA ACCIÓN DE NULIDAD DEL FALLO DE LA SEÑORA DENIS BOLIVAR
POR MEDIO DEL CUAL SE PUBLICA FALLO DENTRO DE LA ACCION IMPETRADA POR ERIOS NED GONZALEZ FONTALVO, a efectos de enterársele de lo resuelto a todos los que forman parte de la lista de elegibles para el cargo distrital de: TÉCNICO OPERATIVO – GRADO 314-01.
Se publica acciòn de tutela interpuesta por la señores RAUL RADA ESCOBAR y ROCIO ANTEQUERA PEÑA, conforme lo solicitado por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito.
– Ordénese a la Alcaldía Distrital de Barranquilla y a la Comisión Nacional del Servicio Civil, que notifiquen a través de su portal Web o de cualquier medio disponible, a las señoras YUMARIS MERCADO ESPINEL identificada con la cédula de ciudadanía Nº 22.618.000 y GREYSA SOFIA MARQUEZ BARRIOS identificada con la cédula de ciudadanía Nº 1.045.714.695 y a las personas que forman parte de la lista de elegibles relativa a la OPEC – N° 70336 ofertada del proceso de selección N° 758 de 2018 – “Convocatoria Territorial Norte” – Acuerdo N° CNSC –2018000006346 del 16 de octubre de 2018, de la admisión de la presente acción de tutela, con el fin de garantizar de esta forma el ejercicio del derecho de defensa en igualdad de condiciones frente a los demás sujetos intervinientes.
RAUL RADA ESCOBAR y ROCIO ANTEQUERA PEÑA
Por medio de la cual se publica la acción de tutela interpuesta por el señor JULIAN DE LA PARRA, en cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado 01 Laboral del Circuito de Barranquilla.
SE PUBLICA ACCIÓN DE TUTELA INTERPUESTA POR EL SEÑOR ERIOD NED GONZALEZ, CONFORME LO ORDENADO POR EL JUZGADO QUINCE DE PEQUEÑAS CAUSAS Y COMPETENCIA MÚLTIPLE DE BARRANQUILLA “SEGUNDO: ORDENAR a la ALCALDÍA DISTRITAL DE BARRANQUILLA, que en el término perentorio de cuatro (04) horas, contadas a partir de la notificación del presente proveído, inserte en su página web oficial, comunicación tendiente a informar de la existencia de este procedimiento constitucional a dichos terceros con interés, con indicación precisa del actor, el número de radicación, el juzgado donde se surte y que la misma versa sobre el cargo de técnico operativo, código y grado 314-01, indicándole a quienes compongan o integren la lista de legibles existente para ese empleo, que podrán allegar las manifestaciones que a bien tengan sobre esta acción de tutela, hasta el día lunes 8 de febrero del año que avanza, a las 5:00 de la tarde (5:00 P. M.). En la referida publicación, deberá anexarse link para descarga de copia íntegra de este auto y del traslado de la demanda”
Se procede a publicar la acción de tutela interpuesta por la señora DILSA IBARRA BAHOQUE, en cumplimiento a la orden del Juzgado Quince Civil del Circuito.
Se procede a publicar la acción de tutela interpuesta por el señor RICARDO GASTELBONDO BLANCO, conforme lo ordenado por el JUZGADO CUARTO DE FAMILIA ORAL DE BARRANQUILLA “CUARTO IMPÓNGASE la carga a la entidad accionada COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL –CNSC- y vinculada DISTRITO ESPECIAL, INDUSTRIAL Y PORTUARIO DE BARRANQUILLA – ALCALDIA DE BARRANQUILLA, que publiquen en sus respectivas páginas web, la admisión de la presente acción de tutela, así como el escrito de tutela, a fin de que se notifique a todas las personas que pudieran estar interesados o verse afectados en los resultados de la presente acción, indicando a aquellos que tendrán el término de cuarenta y ocho (48) horas, contados a partir de dicha publicación, para que se pronuncien sobre la demanda de tutela. Así mismo se les requiere a las entidades accionadas que junto con el informe solicitado por este Juzgado, aporten la constancia de dichas notificaciones a terceras personas.”
PUBLICACIÓN FALLO DEL JUZGADO CUARTO PENAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA – ACCIÓN TUTELA RAUL RADA ESCOBAR Y ROCIO ANTEQUERA: ” Ofíciese a la Alcaldía Distrital de Barranquilla y a la Comisión Nacional del Servicio Civil, a fin de que notifiquen a través de su portal Web o de cualquier medio disponible, a las aspirantes al cargo ofertado mediante la OPEC Nº 70336 denominado Auxiliar Administrativo Código 407 grado 02 que se encuentran en la lista de elegibles estructurada a través de la Resolución Nº 8320 (20202210083205) del 03 de agosto de 2020, emitida en el marco del Proceso de Selección Nº 758 de 2018 Convocatoria Territorial Norte – Alcaldía de Distrital de Barranquilla, señoras YUMARIS MERCADO ESPINEL identificada con la cédula de ciudadanía Nº 22.618.000 y GREYSA SOFIA MARQUEZ BARRIOS identificada con la cédula de ciudadanía Nº 1.045.714.695, de la presente decisión.
Raúl Rada Escobar Y Roció Antequera
Se publica por orden del Juzgado 4° Penal del Circuito con funciones de conocimiento, la acción de tutela interpuesta por los señores Raul Alberto Rada Escobar Y Rocio Esther Antequera Peña.
Raul Alberto Rada Escobar Y Rocio Esther Antequera Peña.
Se publica por orden del JUZGADO SEGUNDO (2º) PENAL DEL CIRCUITO CON F.C. DE BARRANQUILLA – ATLÁNTICO, en su numeral “TERCERO: ORDENAR a la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL (CNSC), como a la SECRETARIA DE GESTIÓN HUMANA-ALCALDÍA DISTRITAL BARRANQUILLA, publiquen en sus respectivas páginas web, el presente fallo de tutela, lo cual deberán acreditar al despacho dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes.”, fallo correspondiente a la acción interpuesta por la señora Lorena Skey Llanos Arevalo.
Mediante la presente se le notifica el obedezcase y cumplase, dentro de la ACCIÓN DE TUTELA instaurada por Héctor Elias Morales Amaya contra la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA, tramitada en este despacho bajo el radicado No. 2020-10026.
Por medio del cual se da cumplimiento al articulo “TERCERO: ORDENAR a los accionados procedan a la publicación del auto admisorio como de la acción de tutela en sus respectivas páginas WEB. Deberán allegar la constancia de la publicación”. conforme lo dispuesto por el Juzgado Segundo Penal del Circuito, por la acción de tutela interpuesta por la señora Lorena Skey LLanos Arevalo.
Por medio del cual se publica la acción de tutela instaurada por el señor Juan Carlos Martínez Samuel bajo el radicado no. 08001-31-05-010-2020-00154-00 del juzgado decimo laboral del circuito.
Por medio del cual se publica la accion de tutela con radicado 0800110310005-2020-000183-00 interpuesta por el señor Hugo Javier Guerrero Gomez, ante el juzgado quinto de familia de Barranquilla.
Por medio del cual se publica la acción interpuesta por el señor Carlos Antonio Acosta Guerrero ante el juzgado décimo administrativo del circuito de Barranquilla de fecha 11 de octubre de 2020.
Carlos Antonio Acosta Guerrero
Por medio del cual se publica fallo del 10 de septiembre de 2020, proferido por el juzgado primero de familia oral del circuito de Barranquilla, por medio del cual en su articulo 2o. ordena: levantar la medida provisional decretada mediante auto del día 27 de agosto de 2020. acción interpuesta por la señora Lucila Polo Margalef.
Por medio del cual se publica conforme lo ordenado por el juzgado octavo administrativo oral del circuito de Barranquilla la acción de tutela con radicado no. 08001-33-33-008-2020-00151-00, interpuesta por el señor Gustavo Peluffo.
Por medio del cual se publica en cumplimiento a lo ordenado por el juzgado séptimo (7º) administrativo oral del circuito de Barranquilla, la acción de tutela interpuesta por la señora Lucila Polo Margalef
Por medio del cual se publica la acción de tutela con radicado no. 08001-31-07-0001-2020-00032-00 del juzgado único penal del circuito especializado de Barranquilla interpuesta por el señor Harold Villanueva Villanueva.
Por medio de la cual se hace la publicación de la acción de tutela de primera instancia con radicado no. 08-001-31-53-014-2020-00119-00 del juzgado catorce civil del circuito de Barranquilla de fecha 27 de agosto de 2020, interpuesta por la señora Solciris Ortiz Delgado
Por medio de la cual se publica la acción de tutela interpuesta por el señor Heriberto Abraham Vengoechea Rodriguez, en cumplimiento a lo ordenado por el juzgado primero de ejecución de penas y medidas de seguridad de Barranquilla de fecha 31 de agosto de 2020.
Heriberto Abraham Vengoechea Rodriguez
Por medio del cual se admite acción de tutela No. 00171/ 2020 del juzgado primero de familia oral del circuito de Barranquilla, interpuesta por la señora Lucila Esther Polo Magalef
Por medio del cual la Alcaldía Distrital de Barranquilla, da cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Doce Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla, por acción con tutela con Radicado 08-001-33-33-012-2020-00128-00 interpuesta por el señor HEVER ALEXIS ACEVEDO LONDOÑO contra la UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA-COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL-CNSC.
Por medio del cual la Alcaldía Distrital de Barranquilla, da cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Catorce Administrativo Del Circuito De Barranquilla, por acción de tutela con radicado 08001-33-33-014-2020-00121-00 interpuesta por el Señor Donaldo Romero De Los Reyes contra la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC); Universidad Libre de Colombia (UNILIBRE) y Alcaldía Distrital de Barranquilla.
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