Aval para instalación de estructuras itinerantes
Corresponde al permiso necesario para la instalación de estructuras temporales, itinerantes o portátiles —como tarimas, palcos u otras similares— en predios públicos o privados, destinadas al desarrollo de espectáculos o actividades que generen aglomeración de público en el Distrito de Barranquilla.
Requisitos para otorgar el aval de instalación de estructuras temporales
Identificación del solicitante
- Persona jurídica: Copia del certificado de existencia y representación legal.
- Persona natural: Copia de la cédula de ciudadanía.
Planos del proyecto (formato digital)
- Arquitectónicos:
- Localización del proyecto
- Planta y corte.
- Estructurales:
- Deben incluir toda la información relevante para el diseño, montaje y supervisión técnica.
- Todos los planos deben estar acotados, rotulados y firmados por profesionales competentes.
Aval Técnico Estructural
- Formato de Aval Técnico Estructural – Estructuras Temporales para Eventos
- Link del formato:FormatoRevisiónEstructuras
- Documento que debe ser:
- Diseñado por un ingeniero civil con posgrado o experiencia mínima de cinco (5) años en estructuras (artículo 27, Ley 400 de 1997).
- Revisado por otro ingeniero civil competente con la misma calificación.
- Firmado por ambos profesionales (calculista/diseñador y revisor estructural).
Responsables técnicos
- Copia de la matrícula profesional del ingeniero civil responsable del diseño/cálculo.
- Copia de la matrícula profesional del ingeniero civil revisor estructural.
- Copia de la matrícula profesional del responsable del montaje de la estructura.