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Aval para instalación de estructuras itinerantes

Corresponde al permiso necesario para la instalación de estructuras temporales, itinerantes o portátiles —como tarimas, palcos u otras similares— en predios públicos o privados, destinadas al desarrollo de espectáculos o actividades que generen aglomeración de público en el Distrito de Barranquilla.

Requisitos para otorgar el aval de instalación de estructuras itinerantes 

Identificación del solicitante

  • Persona jurídica: Copia del certificado de existencia y representación legal.
  • Persona natural: Copia de la cédula de ciudadanía.

Planos del proyecto (formato digital)

  • Arquitectónicos:
          Localización del proyecto
          Planta y corte.
  • Estructurales:
          Información según el numeral A.1.5.2.1 y el Título F de la NSR-10 o normas que la modifiquen.
          Deben incluir toda la información relevante para el montaje y supervisión técnica.
          Todos los planos deben estar acotados, rotulados y firmados por profesionales competentes.

Formato Concepto técnico estructural

Formato Revisión Estructura Metálica

  • Documento emitido por un ingeniero civil con posgrado o experiencia mínima de cinco (5) años en estructuras (artículo 27, Ley 400 de 1997), y revisado por otro ingeniero civil competente.
  • Formato revisión estruturas 

Responsables técnicos

  • Copia de la matrícula profesional del ingeniero civil responsable del concepto.
  • Copia de la matrícula profesional del responsable del montaje de la estructura.

 

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