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Aval para instalación de estructuras itinerantes

Corresponde al permiso necesario para la instalación de estructuras temporales, itinerantes o portátiles —como tarimas, palcos u otras similares— en predios públicos o privados, destinadas al desarrollo de espectáculos o actividades que generen aglomeración de público en el Distrito de Barranquilla.

Requisitos para otorgar el aval de instalación de estructuras temporales

Identificación del solicitante

  • Persona jurídica: Copia del certificado de existencia y representación legal.
  • Persona natural: Copia de la cédula de ciudadanía.

Planos del proyecto (formato digital)

  • Arquitectónicos:
    • Localización del proyecto
    • Planta y corte.
  • Estructurales:
    • Deben incluir toda la información relevante para el diseño, montaje y supervisión técnica.
    • Todos los planos deben estar acotados, rotulados y firmados por profesionales competentes.

Aval Técnico Estructural

  • Formato de Aval Técnico Estructural – Estructuras Temporales para Eventos
  • Documento que debe ser:
    • Diseñado por un ingeniero civil con posgrado o experiencia mínima de cinco (5) años en estructuras (artículo 27, Ley 400 de 1997).
    • Revisado por otro ingeniero civil competente con la misma calificación.
    • Firmado por ambos profesionales (calculista/diseñador y revisor estructural).

Responsables técnicos

  • Copia de la matrícula profesional del ingeniero civil responsable del diseño/cálculo.
  • Copia de la matrícula profesional del ingeniero civil revisor estructural.
  • Copia de la matrícula profesional del responsable del montaje de la estructura.
Última actualización: