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Orden de entrega de vehículo inmovilizado

Consulte aquí

Reunir los documentos y cumplir condiciones requeridas para realizar el trámite

La entidad verificará que el solicitante cumpla con:

Haber subsanado la causal de la infracción de acuerdo con las normas vigentes
Documentos:

  • Cédula de ciudadanía : 1 Original(es), 1 Fotocopia(s)
    Anotaciones adicionales: Del propietario del vehículo o infractor. Para los menores de edad habilitados, debe presentar la tarjeta de identidad – En caso de que el documento se encuentre en trámite, puede presentar contraseña o certificado de documento en trámite expedido por la Registraduría Nacional del Estado Civil,con su correspondiente certificado de cupo numérico.
  • Poder: 1 Original(es), 1 Copia(s)
    Anotaciones adicionales: Autenticado, cuando no es el propietario ni el infractor quien solicita la salida del vehículo.
  • Contrato de mandato o poder especial: 1 Original(es), 1 Copia(s)
    Anotaciones adicionales: Si el propietario se encuentra en el exterior o no puede adelantar el trámite, la persona autorizada por este debe presentar contrato de mandato o poder especial. Los poderes expedidos en el exterior deberán autenticarse ante el Consulado respectivo.
  • Licencia de tránsito del vehículo: 1 Original(es), 1 Fotocopia(s)
    Anotaciones adicionales: Informar si es propietario sin legalización de traspaso – La fotocopia de la licencia de tránsito es necesaria para todos los casos esté o no matriculado el vehículo en el organismo de tránsito de la ciudad de Barranquilla.
  • Licencia de conducción: 1 Original(es), 1 Fotocopia(s)
  • Seguro Obligatorio: 1 Original(es), 1 Fotocopia(s)
    Anotaciones adicionales: Debe aparecer registrado en el RUNT página www.runt.com.co, entra en vigencia a las (24) horas contadas desde la fecha de su expedición. Si no ha cumplido éste término, el vehículo no cuenta con SOAT. El documento no debe estar laminado o plastificado para verificar su autenticidad. Si el documento se le perdió, podrá imprimirlo del RUNT y anexarlo a los documentos.
  • Certificado de revisión técnico mecánica: 1 Fotocopia(s), 1 Original(es)
    Anotaciones adicionales: Vigente. Salvo que de acuerdo con la fecha de matricula inicial del vehículo no le corresponda realizar dicha revisión, la cual de acuerdo al Código Nacional de Tránsito se realizará de la siguiente manera: (a) Vehículos servicio particular: La primera revisión se realizará a los seis (6) años contados a partir de la fecha de matricula, y las siguientes serán anuales. (b) Vehículos servicio público y de motocicletas: La primera revisión se realizará a los dos (2) años contados a partir de la fecha de matricula, y las siguientes serán anuales. La fecha de matrícula se puede constatar en la Licencia de Tránsito parte “Ultimo trámite” si no se ha realizado uno distinto a matrícula. Si no tiene la RTM, deberá presentar original y copia de la factura de pago de la misma con fecha no superior a 15 días.

Tenga en cuenta

  • Anotaciones en casos puntuales, mayores informes No+Filas

Solicitar el retiro del vehículo

La entidad verificará que el solicitante cumpla con:

  • La orden de movilización del vehículo se emitirá a nombre del propietario del vehículo, del infractor o a quien uno de los anteriores otorgue poder con presentación personal ante notario, previa validación del cumplimiento de los requisitos y aporte de los documentos exigidos.
  • Presentarse con los documentos requeridos y el cumplimiento de los requisitos en las sedes de atención.
  • En el enlace localiza los puntos de atención.

Realizar pago

La entidad verificará que el solicitante cumpla con:

  • Antes de liquidar el servicio de parqueadero y grúa, se verificará si tiene algún descuento autorizado.

Mayores informes: No+Filas

Correo electrónico: atencionalciudadano@barranquilla.gov.co

Última actualización: