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Personas en capacitación.

Beneficios Económicos Periódicos -BEPS-

Beneficios Económicos Periódicos, BEPS, es un programa de ahorro voluntario diseñado para proteger a las personas a quienes sus recursos no les alcanzan para cotizar a pensión. Las personas que ahorran en BEPS construyen el capital que les permitirá disfrutar en su vejez de un ingreso económico de por vida. El programa es flexible y permite a los ciudadanos ahorrar de acuerdo a sus capacidades económicas de manera diaria, semanal o mensual.

Esta convocatoria está reglamentada mediante el Decreto 2012 del 30 de noviembre de 2017, Resolución 2260 del 5 de julio de 2018 y el Decreto823 del 26 de julio de 2021, que autoriza a los entes territoriales para que puedan destinar el 10% de los recursos que recauden a través de la Estampilla Procultura, con el fin de beneficiar a aquellos gestores culturales vinculados a BEPS a través de alguna de las dos (2) modalidades que ofrece el programa:

Anualidad vitalicia

Una anualidad vitalicia es la modalidad mediante la cual el beneficiario del Servicio Social Complementario BEPS, accede a la asignación de una suma mensual, que será entregada bimestralmente (cada 2 meses) hasta su fallecimiento. La denominación de ‘anualidad’ denota cada cuanto se ajusta el incremento de este monto, de acuerdo con la variación porcentual del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

La anualidad vitalicia equivale a máximo un 30% del salario mínimo mensual legal vigente, a favor de los creadores y gestores culturales hombres que tengan una edad de 62 años hombres y 57 años mujeres, siempre que se encuentren afiliados al Régimen Subsidiado en Salud o como beneficiarios del Régimen Contributivo de Salud.

Requisitos

Los requisitos para acceder a la modalidad anualidad vitalicia son los siguientes:

1. Ser colombiano
2. Tener mínimo 62 años de edad, si es hombre y 57 años de edad, si es mujer
3. Residir durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional
4. Percibir ingresos inferiores a un (1) salario Mínimo Legal Vigente
5. Que se acredite, a través del Ministerio de Cultura, la condición de gestor o creador cultural, de acuerdo con los requisitos que esa cartera ministerial determine para tal fin.

Motivación al ahorro

Es la modalidad mediante la cual los creadores y gestores culturales que no tengan la edad para acceder a la anualidad vitalicia pueden recibir como beneficio un monto destinado al ahorro, siempre y cuando se encuentren afiliados al Régimen Subsidiado en Salud o como Beneficiarios del Régimen Contributivo en Salud.

De acuerdo con los recursos disponibles del recaudo del 10% de la estampilla Procultura, la entidad territorial definirá el monto que entregará como beneficio para apoyar la financiación de aportes a cada persona beneficiada con el Servicio Social Complementario de BEPS (motivación al ahorro). Las personas beneficiadas en esta modalidad harán sus aportes, de manera voluntaria, al Servicio Social Complementario de BEPS, el aporte mínimo anual será equivalente a seis (6) salarios mínimos diarios legales vigentes SMDLV.

Requisitos

Los requisitos para acceder a la modalidad Motivación al ahorro son los siguientes:

1. Ser colombiano
2. Residir durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional
3. Percibir ingresos inferiores a un (1) salario Mínimo Legal Vigente

Que se acredite, a través del Ministerio de Cultura, la condición de gestor o creador cultural, de acuerdo con los requisitos que esa cartera ministerial determine para tal fin.

Convocatoria Primer semestre 2024 

Formato Declaración Juramentada 

Formato Identificación de Gestores 

Convocatorias 2023 

Resolución 050 de 2023 

Decreto 2012 de 2017

Resolución 2260 de 2018

Cronograma tercera Fase – BEPS Creadores y Gestores Culturales

Formato – Identificación de Creadores y Gestores Culturales

Formato Declaración Juramentada 

Resolución No. 006 del 2020 – Beneficiados Convocatoria II Fase 2019

Resolución No.020_BEPS 2020-01

Resolución No 009 DE 2021 -Beneficiarios Anualidad Vitalicia y Motivación al Ahorro BEPS 

RESOLUCIÓN No. 022 de 2021

Resolución No.  024 de 2021

Resolución 006 de 2022

Resolución 020 de 2022

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