Facturación Electrónica
Es el documento que soporta transacciones de venta bienes o servicios y que permiten el cumplimiento de las características y condiciones del Decreto 2242 de 2015
A partir del 01 de septiembre de 2018 se hace obligatorio la presentación de la factura electrónica con el lleno de los requisitos establecidos en el Decreto 2242 de 2015 expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
La factura electrónica es el documento que soporta transacciones de venta bienes o servicios y que operativamente tiene lugar a través de computacionales o soluciones informáticas que permiten el cumplimiento de las características y condiciones del Decreto 2242 de 2015 expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en relación con la expedición, recibo, rechazo y conservación.
Con el propósito que las personas naturales o jurídicas que de acuerdo con el Estatuto Tributario tienen la obligación de facturar y opten por expedir factura electrónica o aquellas personas que no siendo obligadas opten por expedir factura electrónica, la Alcaldía Distrital de Barranquilla ha puesto a disposición de la comunidad los siguientes correos electrónicos para que puedan enviar su factura electrónica dependiendo de la dependencia contratante:
- facturaciongobierno@barranquilla.gov.co
- facturacioneducacion@barranquilla.gov.co
- facturacionplaneacion@barranquilla.gov.co
- facturacioncomunicaciones@barranquilla.gov.co
- facturaciongestionsocial@barranquilla.gov.co
- facturacionsalud@barranquilla.gov.co
- facturacionobraspublicas@barranquilla.gov.co
- facturacionsecgeneral@barranquilla.gov.co
- facturaciónlogistica@barranquilla.gov.co
- facturacioncultura@barranquilla.gov.co
- facturacionhacienda@barranquilla.gov.co
Para conocer más sobre la facturación electrónica, descarga el Decreto 2242 de 2015.