Radicación de trámites y solicitudes
Aquí te explicamos los motivos frecuentes y la documentación requerida para radicar solicitudes ante la Gerencia de Gestión de Ingresos de la Secretaría Distrital de Hacienda. Ten en cuenta los tiempos de gestión establecidos.
Al radicar tu solicitud, debes especificar:
- Nombre del contribuyente
- Número de identificación
- Trámite e impuesto que deseas gestionar
Para presentar tu solicitud, puedes hacerlo en físico en alguna de las sedes presenciales de la Alcaldía Distrital de Barranquilla o a través de la sede electrónica en el siguiente enlace: Formulario de PQRSD
A continuación, consulta los motivos de radicación frecuentes y sus requisitos:
Tiempo mínimo de gestión: 15 días hábiles
Requisitos:
- Carta de solicitud debidamente firmada por el propietario / representante legal, especificando el tributo, vigencia, datos del contribuyente, consecutivo de recibo de pago y/o formulario de declaración que deseas corregir.
- Copia del documento de identidad del representante legal y/o apoderado.
- Poder para realizar trámites ante la Gerencia de Gestión de Ingresos autenticado.
- Para personas jurídicas que se encuentren registradas por fuera de Barranquilla: Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio.
- Soporte que evidencie la inconsistencia (formularios de declaraciones inconsistentes, recibos oficiales de pago no aplicados, actos administrativos vigentes para aplicar, soportes de transacciones).
Tiempo mínimo de gestión: 15 días hábiles
Requisitos:
- Carta de solicitud debidamente firmada por el representante legal y/o apoderado.
- Copia del documento de identidad del representante legal y/o apoderado.
- Poder para realizar trámites ante la Gerencia de Gestión de Ingresos autenticado.
- RUT actualizado.
- Para personas jurídicas que se encuentren registradas por fuera de Barranquilla: Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio.
Tiempo mínimo de gestión: 15 días hábiles
Requisitos:
- Carta de solicitud debidamente firmada por el representante legal y/o apoderado.
- Copia del documento de identidad del representante legal y/o apoderado.
- Poder para realizar trámites ante la Gerencia de Gestión de Ingresos autenticado.
- RUT actualizado.
- Para personas jurídicas que se encuentren registradas por fuera de Barranquilla: Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio.
Tiempo mínimo de gestión: 15 días hábiles
Requisitos:
- Carta de solicitud debidamente firmada por el representante legal y/o apoderado.
- Copia del documento de identidad del representante legal y/o apoderado.
- Poder para realizar trámites ante la Gerencia de Gestión de Ingresos autenticado.
- Para personas jurídicas que se encuentren registradas por fuera de Barranquilla: Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio.
- Situación tributaria normalizada (cumplimiento de presentación de declaraciones y no registrar obligaciones de plazo pendientes por cancelar).
Tiempo mínimo de gestión: 50 días hábiles
Requisitos:
- Carta de solicitud debidamente firmada por propietario / representante legal y/o apoderado, especificando el tributo, vigencia, datos del contribuyente, consecutivo de recibo de pago y/o formulario de declaración que desees tramitar por pago en exceso o de lo no debido.
- Copia del documento de identidad del propietario, representante legal y/o apoderado.
- Poder para realizar trámites ante la Gerencia de Gestión de Ingresos autenticado.
- RUT del solicitante actualizado.
- Para personas jurídicas que se encuentren registradas por fuera de Barranquilla: Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio.
- Soporte que evidencie la generación del saldo a favor por pago en exceso o de lo no debido.
Tiempo mínimo de gestión: 30 días hábiles
Requisitos:
- Carta de solicitud debidamente firmado por propietario / representante legal y/o apoderado, especificando el tributo, vigencia, datos del contribuyente y tratamiento especial que deseas tramitar (exención – exclusión).
- Copia del documento de identidad del propietario, representante legal y/o apoderado.
- Poder para realizar trámites ante la Gerencia de Gestión de Ingresos autenticado.
- Para personas jurídicas que se encuentren registradas por fuera de Barranquilla: Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio.
- Soporte que evidencie la condición especial que desea adquirir (Decreto 0119 de 2019, artículos 30, 31, 62, 87, 101, 193).
Tiempo mínimo de gestión: 90 días hábiles
Requisitos:
- Cancelar el abono inicial que corresponda sobre las obligaciones de plazo vencido pendientes de pago.
- Carta de solicitud debidamente firmada por el propietario / representante legal y/o apoderado, especificando el tributo, vigencia, datos del contribuyente y del predio y a cuántas cuotas desea diferir el saldo pendiente. Tener en cuenta que de realizar la solicitud a más de 12 cuotas debe relacionar el bien inmueble para su posterior embargo preventivo.
- En caso de existir títulos judiciales, producto de embargos financieros, se debe diligenciar el formato de aplicación de títulos con presentación personal en notaría (autenticado), si realiza el trámite a través de la sede electrónica.
- Copia del documento de identidad del propietario, representante legal y/o apoderado.
- Si es apoderado: poder para realizar trámites ante la Gerencia de Gestión de Ingresos autenticado.
- Para personas jurídicas que se encuentren registradas por fuera de Barranquilla: Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio.
- Copia del recibo de pago a través del cual canceló la cuota inicial.
Tiempo mínimo de gestión: 30 días hábiles
Requisitos:
- Carta de solicitud debidamente firmada por propietario / representante legal y/o apoderado, especificando el tributo, vigencia, datos del contribuyente.
- Copia del documento de identidad del propietario, representante legal y/o apoderado.
- Poder para realizar trámites ante la Gerencia de Gestión de Ingresos autenticado.
- Para personas jurídicas que se encuentren registradas por fuera de Barranquilla: Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio.
Tiempo mínimo de gestión: 30 días hábiles
Requisitos:
- Carta de solicitud debidamente firmada por el propietario / representante legal y/o apoderado, especificando el tributo, vigencia, datos del contribuyente, máximo 15 días hábiles después de notificado el mandamiento de pago.
- Copia de documento de identidad del propietario, representante legal y/o apoderado.
- Poder para realizar trámites ante la Gerencia de Gestión de Ingresos autenticado.
Tiempo mínimo de gestión: 15 días hábiles
Requisitos:
- No registrar obligaciones tributarias de plazo vencido pendientes por cancelar.
- Carta de solicitud debidamente firmada por el propietario / representante legal y/o apoderado, especificando el tributo, vigencia, datos del contribuyente.
- Copia del documento de identidad del propietario, representante legal y/o apoderado.
- Poder para realizar trámites ante la Gerencia de Gestión de Ingresos autenticado.