Distrito expide medidas de control para los días de Carnaval
El alcalde Jaime Pumarejo asegura que “en Barranquilla sabemos celebrar, disfrutar en orden y comportarnos" y que por eso brindarán todas las medidas "para que vivan la fiesta más importante de Colombia en sana convivencia”
La Alcaldía de Barranquilla, a través del decreto 0288 de 2020, estableció las medidas de convivencia para la salvaguarda de la fiesta de precarnaval y Carnaval 2020 en la ciudad, y para mantener las condiciones necesarias para la convivencia pacífica y la seguridad ciudadana en las vías públicas.
El alcalde Jaime Pumarejo firmó la norma para asegurar el adecuado desarrollo de las carnestolendas, permitiendo que propios y turistas disfruten la fiesta en orden.
“En Barranquilla sabemos celebrar, disfrutar en orden y comportarnos. Por eso les brindamos a propios y visitantes las medidas para que vivan la fiesta más importante de Colombia en sana convivencia”, expresó el mandatario distrital.
Por su parte, el secretario de Gobierno, Clemente Fajardo Chams, explicó los alcances de la norma: “Con el decreto 0288 buscamos que el Carnaval 2020 se viva bajo con un buen comportamiento y preservando el orden público en los distintos eventos que se realizarán en la ciudad. Todo está dado para que las autoridades competentes den cumplimiento a esta norma y los ciudadanos celebren de manera responsable”.
El decreto 0288 de 2020
El acto administrativo regula, en su artículo 4, el uso del espacio público para el ejercicio de las manifestaciones culturales, artísticas y tradicionales del Carnaval, y señala que los asistentes, organizadores y productores de eventos masivos velarán por el cuidado integral del espacio empleado. Asimismo, el decreto indica que se permitirá el expendio y consumo controlado de bebidas alcohólicas.
En el artículo 5 se establece que la venta de bebidas alcohólicas se suspenderá una hora antes de la finalización del evento, se prohibirá el porte y consumo de estas bebidas en envases de vidrio durante el ingreso, salida o evacuación de los eventos.
El decreto, en el artículo 6, regula los horarios de funcionamiento para los establecimientos de expendio y consumo de alcohol, quedando durante los días 21, 22, 23 y 24 de febrero entre las 9:00 a.m., como hora de apertura, y las 4:00 a.m., del día siguiente como hora límite de cierre. El día 25 de febrero será desde las 9:00 a.m., como hora de apertura, y las 12:00 de la medianoche como hora límite de cierre.
El jefe de la Oficina para la Seguridad y Convivencia Ciudadana, Nelsón Patrón, indicó que “los horarios de cierre deben ser respetados, así se evitarán sanciones. La fuerza pública estará presta a colaborar con la ciudadanía para mantener el orden y la tranquilidad. Entre todos podemos hacer un Carnaval seguro”.
“Nuestra línea 123 está disponible, 24 horas todos los días. Así podemos contactar a las autoridades o brindarle ayuda a quien lo necesite en caso de presentarse alguna situación de riesgo. Igualmente, nuestros Guardianes de la Seguridad estarán en varios eventos para apoyar a la Policía y a la comunidad en temas de sensibilización y regulación”, agregó Patrón.
El decreto 0288 de 2020 determina que la Secretaría Distrital de Gobierno tiene la competencia para expedir los permisos y autorizaciones para los eventos que impliquen el uso de vías, espacio público y eventos de aglomeración masiva, de acuerdo a lo establecido en la Ley 1801 de 2016 y el decreto distrital 0901 de 2016.
El decreto rige, a partir de su publicación, hasta el 25 de febrero y deroga todas las disposiciones de igual o menor jerarquía.