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Mejoramiento de Vivienda

Beneficia a aquellas familias propietarias o poseedoras que necesiten mejoramientos locativos de vivienda en el Distrito de Barranquilla

¿A quién está dirigido el programa de Mejoramiento de Vivienda?

Está dirigido a las familias más vulnerables para brindarles la posibilidad de mejorar sus viviendas y así mejorar sus condiciones de vida.

Para poder acceder a las mejoras, las viviendas no deben estar ubicadas en zonas de amenaza (cuando el terreno no es apto para construir vivienda) o riesgo.

Además, su uso debe ser exclusivo de vivienda y no comercial, institucional o educativo.

Las viviendas aspirantes no deben estar agrietadas, ni ser de madera, teniendo en cuenta que estos mejoramientos son estructurales y los mejoramientos que ofrece el distrito son saludables.

¿En qué consisten las mejoras para las viviendas?

  • Instalaciones eléctricas
  • Piso
  • Baño
  • Lavadero
  • Cocina

El alcalde Alejandro Char anunció que durante este gobierno serán 20.000 hogares en 62 barrios los que se beneficiarán a través de este programa.

La inversión que se ejecutará por hogar asciende a los 24 millones de pesos, incluidos los costos de legalización de los contratos, con los que se logrará intervenir los distintos espacios de las viviendas.

Requisitos y condiciones

Para iniciar este proceso a través de la plataforma, las personas deben cumplir con la documentación:

  1. Fotocopia de la cédula.
  2. Fotocopia de Sisbén actualizado 2025 en cualquiera de los grupos A, B y C (desde A1 hasta C18).
  3. Copia del recibo de uno de los tres servicios públicos básicos (Acueducto y alcantarillado, gas y/o energía eléctrica) del año 2025.
  4. Fotocopia del recibo de impuesto predial año 2025 en donde se especifique el avalúo catastral.  No debe superar los 150 SMLMV.
  5. Documento de propiedad de la vivienda: escritura pública, escritura protocolaria, documento de posesión, documento de compra y venta, declaración juramentada, certificado de libertad y tradición actualizado a la fecha. Cualquiera de los documentos anteriores.
  6. El inmueble debe estar destinado a predio habitacional. Si se encuentra en el recibo del predial como destino: no clasificado, industrial, institucional, cultural y comercial no aplica para ser postulado.
  7. Si el predio se localiza en zona de riesgo y/o amenaza alta, muy alta o suelo de protección, según se verifique en la Secretaría de Planeación, no aplica para el programa.
  8. La casa debe estar estructuralmente en buen estado y en material de mampostería.
  9. Tener acceso a un correo electrónico activo.
  10. Presentar acta de defunción si el propietario está fallecido y se va a postular el hijo.
  11. Si el postulante es poseedor de inmueble y no tiene un documento que lo acredite, debe realizar una declaración de posesión ante un notario o ante el presidente de la JAC del barrio del que se esté postulando.

Para más información sobre el programa, debe acercarse a las ventanillas de la oficina de la Secretaría de Obras Públicas ubicadas en la zona de atención al ciudadano del primer piso de la Alcaldía de Barranquilla en la calle 34 No. 43-31.

Haga clic aquí para inscribirse en el programa:  Inscripción a Mi Mejora

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