Licencia de intervención y ocupación de espacio público
Permite ocupar o intervenir bienes de uso público incluidos en el espacio público, de conformidad con las normas urbanísticas del Distrito
Es la autorización previa para ocupar o para intervenir bienes de uso público incluidos en el espacio público, de conformidad con las normas urbanísticas adoptadas en el Plan de Ordenamiento Territorial, en los instrumentos que lo desarrollen y complementen y demás normatividad vigente.
Se puede solicitar en la sede principal de la Alcaldía o en cualquier punto de atención cercana a su domicilio.
Normatividad: | La respuesta corresponde a la información contenida en la Ley 388 de 1997, Plan de Ordenamiento Territorial del Distrito de Barranquilla, Decreto 0212 de 2014 y sus anexos (especialmente Anexo No. 4 y No. 6), Decreto 1504 de 1998 y demás normatividad nacional y Distrital vigente. |
La información errónea e incompleta de los requisitos mínimos ocasiona demora o no trámite de su solicitud, la cual se resolverá de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nacional. Compilado 1077 de 2015, en el término de los cuarenta y cinco (45) días hábiles siguientes a la radicación. Resolución 0462 y 0463 del 13 de julio de 2017 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. | |
Requisitos: | Diligenciar formato de solicitud |
Costo: | Sin costo |
Tiempo de respuesta: | 45 días |
Lugar: | Alcaldía Distrital de Barranquilla / Piso 1 / Ventanilla 11 |
Dirección: | Calle 34 No. 43 – 31 |
Formato descargable: | Solicitud para Licencia de Intervención y ocupación del espacio público |
Correo electrónico: | atencionalciudadano@barranquilla.gov.co |