Salida de vehículo inmovilizado
La salida de un vehículo inmovilizado la puede solicitar el infractor, el propietario o una persona a la que alguno de estos otorgue poder ante notario público.
Las infracciones que generan inmovilización se pueden consultar en la página web www.barranquilla.gov.co/transito botón “Trámites y tarifas” opción “Tarifas de comparendo y multas” o ingresando al siguiente enlace
Los requisitos, los cuales son condiciones que se deben cumplir y/o documentos que se deben aportar encuentran publicados en la página web www.barranquilla.gov.co/transito botón “Trámites y tarifas” opción manual de trámites
Si el vehículo esta inmovilizado por cometer infracciones a las normas de tránsito en Barranquilla puedes consultar, liquidar, pagar y generar la salida del vehículo ingresando a la página web www.barranquilla.gov.co/transito botón “Tránsito en Línea” opción “Salida de vehículo en línea” o ingresando al siguiente enlace.
Las tarifas del servicio de grúa y parqueadero se encuentran publicadas en la página web www.barranquilla.gov.co/transito en el botón “Trámites y Tarifas” opción “Tarifas de Trámites”, al cual puede acceder en el siguiente enlace
Las sedes Sede Americano ubicada en la Cra 38 No. 74-109
Sede Prado ubicada en la Cra 59 No. 76-59
Sede Localidad Metropolitana ubicada en la Calle 49 No. 8B sur-15
El marco legal que soporta el trámite de salida de vehículo se encuentra contemplado en el artículo 125, 127, 131 de la Ley 769 de 2002. Resolución 3027 de 2010.
Debe pagar el servicio de parqueadero y grúa. En caso de inmovilización por infracción C35 deberá pagar grúa adicional. Si la infracción que generó la inmovilización fue cometida en motocicleta y corresponde a alguna de las siguientes infracciones , debe pagar la multa de manera previa: D03, D04, D05, D06, D07.