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Infracciones detectadas a través de ayudas tecnológicas

  • C02: Estacionar en sitios prohibidos.
    C03: Bloquear una calzada o intersección con un vehículo, salvo cuando el bloqueo obedezca a la ocurrencia de un accidente de tránsito.
    C29: Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida.
    C32: No respetar el paso de peatones que cruzan una vía en sitio permitido para ellos o no darles la prelación en las franjas para ello establecidas.
    D4: No detenerse ante una luz roja de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo.

Los comparendos iniciados a través detección electrónica se notifican por correo certificado a la última dirección registrada por el ciudadano en el RUNT, la distribución o entrega se realiza en la dirección de destino, obteniendo la firma de quien recibe el envío en planillas de la empresa. Si el ciudadano se cambia de domicilio es él quien tiene la obligación de actualizarla en los diferentes sistemas información, para este caso en el RUNT, la obligación que está contenida en el Parágrafo 3 del artículo 8 de la Ley 1843 de 2017.

Por lo tanto, al darse por recibida la citación, en forma satisfactoria, el proceso contravencional continúa su curso y de ser sancionado puede cargarse en el SIMIT la multa.

Si no es recibida la citación se surte la notificación establecida en el artículo 69 de la Ley 1437 del 2011 y el proceso continúa su curso.

No. Si el ciudadano se encuentra en desacuerdo con la imposición del comparendo, puede solicitar una audiencia pública bien sea de manera directa o a través de apoderado, durante los once (11) días hábiles siguientes a la notificación del comparendo, en ella podrá presentar sus descargos y solicitar las pruebas que considere útiles para su defensa.

Para solicitar audiencia virtual puede ingresar al siguiente enlace.

El proceso de notificación establecido en la Ley 1437 de 2010 continua, enviando la citación para notificación personal y la notificación por aviso. En el transcurso de este proceso, el presunto infractor cuenta con las garantías procesales para acceder a los descuentos de Ley o solicitar audiencia pública si desea controvertir la presunta comisión de la infracción.
Si el presunto infractor considera que no está siendo notificado dentro de los términos establecidos en la Ley, puede presentar su inconformidad en los canales dispuestos por la entidad para la recepción de PQRSD, en el siguiente enlace.

La Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial de Barranquilla en cumplimiento de la normatividad vigente, vigila la ejecución del envío de la orden de comparendo dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a la validación.

La ley ofrece varias opciones:
Aceptar la comisión de la infracción y cancelar la multa con el 50% de descuento dentro de los once (11) días hábiles siguientes al recibo del aviso de comparendo con ayudas tecnológicas.
Aceptar la comisión de la infracción y cancelar la multa con el 25% de descuento dentro de los veintiséis (26) días hábiles siguientes al recibo del aviso si se trata de comparendos con ayudas tecnológicas.
Aceptar la comisión de la infracción y pagar el 100% del valor de la multa.
Aceptar la comisión de la infracción y suscribir un acuerdo de pago sobre el 100% del valor de la multa.
Rechazar la comisión de la infracción y solicitar audiencia pública, en la que podrá presentar sus descargos y solicitar las pruebas que pretenda hacer valer, para que pueda ser declarado no contraventor.

• Para comparendo con ayudas tecnológicas (comparendo electrónico)
El ciudadano puede solicitar la audiencia pública dentro de los once (11) días hábiles siguientes a la notificación del comparendo, en la Sede Central, ubicada en la Carrera 46 # 82-225 o de manera virtual mediante el siguiente enlace.

• Para comparendos físicos:
El ciudadano puede solicitar de manera personal la audiencia pública dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la imposición del comparendo o mediante un abogado apoderado, en las sedes de la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial:
• Sede Central, ubicada en la Carrera 46 # 82-225.
• Sede Los Ángeles, ubicada en la Carrera 43 # 35-38, local 65.
• Sede Localidad Metropolitana, ubicada en la Calle 49 # 8B Sur-15, barrio Las Cayenas.
• Sede Plaza del Parque, ubicada en la Calle 99 # 53-40, local 1.
• Alcaldía Suroccidente, ubicada en la Carrera 21B # 63-06.

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