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Permiso especial maquinaria industrial auto propulsada (montacargas)

Nombre del TramitePermiso especial maquinaria industrial auto propulsada (montacargas)
DescripciónTrámite para solicitar ante la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial permiso especial para maquinaria industrial auto propulsada (Montacargas):

Cuando se necesite realizar un recorrido por las vías prohibidas en el artículo 1 de la Resolución 0019 del 12 de julio de 2011. En el permiso se definirá el horario y ruta autorizada para la movilización de estos vehículos.

Cuando se necesite realizar un recorrido por las vías del Distrito, diferentes a las vías prohibidas y en el horario comprendido entre las 9:00 pm y las 6:00 am, de acuerdo a lo establecido en el parágrafo del artículo 2 de la Resolución 0019 del 12 de julio de 2011.

Cuando el montacargas tiene capacidad de carga superior a siete (7) toneladas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 del Decreto Distrital 0727 de 2011.
NormatividadDecreto Distrital 0727 de 2011.

Resolución 0019 de 2011 de Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial
RequisitosCarta de solicitud relacionando el (los) Vehículo(s) que necesitan el permiso firmada por el Representante Legal de la Empresa ó el Propietario del Vehículo que solicita el permiso, y especificando los datos del vehículo tales como marca y capacidad de carga y especificar el recorrido que requiere realizar y el horario en que lo pretenden realizar y correo electrónico de contacto para notificaciones.

Fotocopia de la Licencia de Tránsito (tarjeta de propiedad) o documentos que acrediten propiedad (Factura y Declaración de Importación de la DIAN).

Seguro Obligatorio (SOAT) vigente.

El (los) propietario(s) del vehículo deben estar a paz y salvo por concepto de multas o sanciones por infracciones de tránsito a nivel nacional en la misma fecha de radicación del trámite.

Pago de los derechos del trámite, solo para el caso que el montacargas tengan capacidad de carga igual o superior a siete (7) toneladas.

Nota: el correo electrónico especificado en la carta de solicitud del permiso, se entenderá que puede ser utilizado para realizar notificaciones e informar sobre el estado del trámite.
Costo del servicioVer Tarifas de Trámites
Tiempo de respuestaDos (2) días hábiles en caso de que el solicitante presente toda la documentación solicitada
ProcedimientoEl usuario radica la carta de solicitud en el primer piso de la Alcaldía en la ventanilla de Gestión Documental, como mínimo dos días hábiles antes.

El usuario se presenta en las oficinas ubicadas en la Cra. 54 No. 74 - 127, con fotocopia del oficio radicado y los documentos como requisito para entregar el permiso.

La Oficina Técnica de la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial revisa el cumplimiento de todos los requisitos y la viabilidad de otorgar el permiso. En caso de ser aprobada la solicitud para otorgar el permiso, el usuario debe realizar el pago del costo del trámite en la ventanilla del Banco ubicado en la Sede Centro de la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial, solo si el montacargas tiene capacidad de carga igual o superior a siete (7) toneladas.

El usuario se debe dirigirse en la oficina administrativa de la Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial ubicada en la Cra. 54 No. 74 - 127, presentando el recibo de pago (si aplica), para notificarse del acto administrativo que otorga el permiso.

Si el permiso es negado se le informa al usuario a través de un oficio o correo electrónico enviado al email suministrado en la solicitud.
LugarAlcaldía Distrital de Barranquilla – Secretaría Distrital de Tránsito y Seguridad Vial
DirecciónRadicación de solicitud y documentos: Alcaldía Distrital de Barranquilla Calle 34 No. 43-31 piso 1

Lugar del trámite: Cra. 54 No. 74 - 127
Vínculos Transaccionales
Formatos Descargables
Correo electrónicoatencionalciudadano@barranquilla.gov.co
Última actualización: