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BOLETIN DE PRENSA 021 NUEVAS SANCIONES A INFRACTORES CON LA LEY 1383

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BOLETIN 021

NUEVAS SANCIONES A INFRACTORES  CON LA LEY 1383

Aumentan a un 50 por ciento los descuentos sobre las multas. Ya no se duplicarán.

Con la nueva ley 1383 que reforma el Código de Tránsito se incluyeron nuevas causales para la inmovilización de vehículos.

La reforma a la Ley 769 de 2002 trae un cambio fundamental en la sanción por no portar la revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes, la cual desde el 16 de marzo de 2010, cuando entró en vigencia, la autoridad de tránsito no sólo impondrá el comparendo, sino que además el vehículo será inmovilizado.

A partir del 16 de marzo todos los vehículos, particulares y públicos, deben realizar la revisión técnico mecánica y de gases contaminantes anualmente. Sólo se exceptúan los vehículos particulares durante los primeros seis años, que contados desde la fecha de matrícula la deben realizar cada dos años. 

La multa por no portar la revisión técnico mecánica y de gases contaminantes es de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes  ($257.500), más grúa y parqueo.

NUEVAS CAUSALES DE INMOVILIZACIÓN PARA MOTOCICLISTAS

  • Código 76: Transitar en sentido contrario al estipulado para la vía, calzada o carril.
  • Código 77: No detenerse ante una luz roja o amarilla de semáforo, una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo.
  • Código 79: Conducir un vehículo sobre aceras, plazas, vías peatonales, separadores, bermas, demarcaciones de canalización, zonas verdes o vías especiales para vehículos no motorizados.
  • Código 80: Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique.
  • Código 81: Conducir realizando maniobras altamente peligrosas e irresponsables que pongan en peligro a las personas o las cosas

Las anteriores infracciones además de la inmovilización deben pagar 30 salarios mínimos diarios legales vigentes ($515.000). Hasta no se cancele la multa o la autoridad de tránsito decida sobre la sanción, el vehículo quedará guardado en los parqueaderos autorizados.

SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD

OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES

JUEVES 18 DE MARZO DE 2010