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BOLETIN DE PRENSA 022 RESTRICCIONES EN VIAS DEL TRANSMETRO

BOLETIN 022

RESTRICCIONES EN VÍAS DE TRANSMETRO

Con el objeto de organizar y evitar demoras o deficiencias en las vías de Transmetro la Secretaría de Movilidad dictó medidas que restringe la circulación en los carriles exclusivos y en las troncales del sistema.

Por el carril exclusivo sólo podrán transitar los buses articulados salvo:

 

  • – Los que conforman la “Caravana Presidencial”.
  • – Los pertenecientes a las Fuerzas Militares y de Policía Nacional.
  • – Las ambulancias que se encuentren en desarrollo de la prestación del servicio.
  • – Las máquinas de bomberos que se encuentren en desarrollo de la prestación del servicio.

 

En el carril mixto o no exclusivo podrán circular sólo carros particulares, pero no podrán parquear ni detenerse, como lo reglamenta la señalización que será instalada cuando se inicie la operación, en la fecha que defina Transmetro S.A.

En cuanto a la circulación del transporte público colectivo por las troncales y su área de influencia lo definirá el Área Metropolitana, autoridad en esta materia.

Por el Decreto 0179 de 2006 las motocicletas, los vehículos de tracción animal, bicicletas y carretillas tienen restringido el paso por los corredores troncales.

Los vehículos de cinco toneladas o más tienen restringido el paso por Olaya Herrera, de la calle 74 hasta Barranquillita.

“Con estas medidas contribuimos al mejoramiento de la circulación del sistema de transporte masivo y reorganizaremos la circulación de vehículo para cumplir con el proyecto de ciudad modelo que el Alcalde Alex Char ha planteado”. Afirmó Alfredo Piñeres, Secretario de Movilidad.

SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD

OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES

LUNES 5 DE ABRIL DE 2010