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BOLETIN DE PRENSA 035 VÁNDALOS ROBAN, BORRAN Y REPINTAN SEÑALES DE PROHIBIDO PARQUEAR EN SANANDRESITO

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                                         BOLETIN DE PRENSA O35

VÁNDALOS ROBAN, BORRAN Y REPINTAN  SEÑALES

DE PROHIBIDO PARQUEAR EN SANANDRESITO

 

Nuevamente las señales reglamentarias verticales de “Prohibido parquear y detenerse” fueron objeto de hechos vandálicos en la calle 30 con carrera 46, frente a Sanandresito,  donde fueron ubicadas para evitar congestión y agilizar la movilidad;  y otras que estaban demarcadas sobre la vía fueron repintadas dañando la original dejando un mensaje contrario al reglamentado.

 

Jaime Pumarejo Heins, Secretario de Movilidad expresó: “Rechazo esta actitud de los vándalos. Es reprochable que personas inescrupulosas pretendan burlarse del trabajo técnico de la Secretaría de Movilidad, que tiene como objetivo principal mejorar la fluidez y la seguridad vial de la ciudad.

Invito a los transportadores, a los dueños de establecimientos comerciales, a conductores y a la ciudadanía en general para que vigilen y cuiden los bienes públicos e informen a las autoridades competentes los hechos vandálicos para atrapar a quienes no desean el progreso de la ciudad.

Seguiremos en la labor de sancionar a quienes infrinjan las normas y la autoridad de tránsito será estricta en el debido cumplimiento de esta medida. No aceptaremos que unos pocos pongan en riesgo la movilidad segura de la ciudad”.

 

Según el Manual de Señalización Vial del Ministerio de Transporte, la señal “Prohibido parquear y detenerse” (SR-28A) se usa para notificar al conductor la prohibición de parquearse o detenerse en determinado tramo de la vía. Mientras los conductores se habitúan a su uso, la señal se complementa con una placa informativa debajo del símbolo, con la leyenda “No parquear ni detenerse en ambos costados”.

 

La SR28 notifica al conductor la prohibición para estacionar su vehículo en

determinado tramo de la vía.
 

Estas señales se colocan en vías rápidas cuando la detención de un vehículo pueda ocasionar accidentes; reforzadas en arterias urbanas con alto volumen de tránsito, en las que la detención de un vehículo puede ocasionar congestionamiento en uno o varios carriles; en las entradas y salidas de emergencia donde en ningún momento debe existir un vehículo que obstruya su normal funcionamiento y en sitios que los que por razones de seguridades hacer necesario hacer esta restricción.

 

El incumplimiento de esta norma tendrá una sanción de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes ($267.800), y si el vehículo está abandonado será inmovilizado por las autoridades competentes.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                                     

OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES

SECRETARIA DE MOVILIDAD

                                                          ABRIL 26 DE 2011