Cierres de vías para el fin de semana

BOLETÍN 048

 

 

 La Secretaría de Movilidad informa a la ciudadanía que por la realización de eventos enmarcados en la celebración del Carnaval de Barranquilla este fin de semana, se realizarán cierres temporales de vías en las áreas de influencia de estas actividades.

 DESMONTE DE TORRE GRÚA EDIFICIO OM CLUB HOUSE

 Por trabajos de desmonte de torre grúa que realizará la empresa AVI STRATEGY INVESTMENT S.A.S en el proyecto CLUB HOUSE, la Secretaría Distrital de Movilidad autoriza el cierre temporal total de la carrera 55 entre calles 82 y 84. Esta actividad se llevara a cabo desde el día domingo 16 de marzo de

2014 a la 4:00am, hasta el lunes 17 de marzo de  2014 a las 05:00 a.m.

Debido que será un cierre total temporal, se recomienda tomar los siguientes

Desvíos:

Los conductores que transitan por la carrera 54 y 55, tomarán la calle 84 hasta la carrera 56, donde girarán a la derecha hasta la calle 82, en este punto cruzarán a la derecha hasta la carrera 55 y continuarán con sus rutas de destino.

Los conductores que transitan por la calle 84 y deseen tomar la carrera 55 continuarán por la calle 84 hasta la carrera 56, y giraran a la derecha;  y seguirán sus rutas de destino.

PROCESIÓN IGLESIA PERPETUO SOCORRO

El recorrido se Inicia este domingo 16 de marzo desde las  5:00 de la tarde hasta las 6:00 de la tarde en la calle 66 con carrera 46 (sin incluir) hasta la carrera 43B, se girará a la derecha hasta la calle 67, donde se girará a la derecha, hasta la iglesia Perpetuo Socorro.

MEDIDAS POR VISITA DE PRESIDENTE

Por  visita del Presidente de la República JUAN MANUEL SANTOS CALDERON, la Secretaría de Movilidad adoptó medidas con fin de garantizar la seguridad de sus desplazamientos y visitas a diferentes puntos de la ciudad, en cumplimiento de su agenda oficial.

PROHIBICIÒN DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS.

Se prohíbe el estacionamiento de vehículos en las siguientes vías alrededor de la Gobernación del Atlántico:

  

  • Calle 40 entre Carreras 45 y 46.
  • Carrera 46 entre Calles 40 y 39.
  • Calle 39 entre Carreras 46 y 45.
  • Carrera 45 entre Calles 39 y 40.

Se prohíbe el estacionamiento de vehículos en las siguientes vías alrededor del estadio de Béisbol Tomás Arrieta:

        Carrera 54 entre la conectante debajo del puente de la Avenida Murillo y la calle 47.

  • Calle 47 entre carrera 54 y el empalme de la Avenida Murillo con la Vía 40 bordeando los costados occidental y norte del Estadio Tomás Arrieta.
  • Vía conectante del costado occidental del puente de la Avenida Murillo entre la Carrera 54 y la Vía 40.

La prohibición comienza a regir desde las 6:00 am del sábado 15 de marzo hasta el domingo 16 de marzo a las 7 p.m o la salida del señor Presidente de la Ciudad de Barranquilla.

El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.2 estacionar un vehículo en sitios prohibidos, será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes.  Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley 769 del 2002, modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 del 2010.

 PROHIBICIÒN DE CARGUE Y DESCARGUE.

Las actividades de cargue y descargue quedan prohibidas en las siguientes vías alrededor de la Gobernación del Atlántico:

 

  • Calle 40 entre Carreras 45 y 46.
  • Carrera 46 entre Calles 40 y 39.
  • Calle 39 entre Carreras 46 y 45.
  • Carrera 45 entre Calles 39 y 40.

Adicionalmente se prohíbe las actividades de cargue y descargue en las siguientes vías alrededor del Estadio de Béisbol Tomás Arrieta:

        Carrera 54 entre la conectante debajo del puente de la Avenida Murillo y la calle 47.

  • Calle 47 entre carrera 54 y el empalme de la Avenida Murillo con la Vía 40 bordeando los costados occidental y norte del Estadio Tomás Arrieta.
  • Vía conectante del costado occidental del puente de la Avenida Murillo entre la Carrera 54 y la Vía 40.

No se podrá hacer uso de los permisos otorgados.

La prohibición comienza a regir desde las 6:00 am del sábado 15 de marzo hasta el domingo 16 de marzo a las 7 p.m o la salida del señor Presidente de la Ciudad de Barranquilla.

El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada B.19 realizar el cargue y descargue de un vehículo en sitios y horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con multa equivalente a ocho (8) salarios mínimos legales diarios vigentes. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley 769 del 2002, modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 del 2010.

 PROHIBICIÒN DE LA CIRCULACIÒN DE MOTOCICLETAS  CON ACOMPAÑANTE:

 Se prohíbe la circulación de motocicletas con acompañante en las siguientes vías alrededor de la Gobernación del Atlántico:

       Calle 40 entre Carreras 45 y 46.

  • Carrera 46 entre Calles 40 y 39.
  • Calle 39 entre Carreras 46 y 45.
  • Carrera 45 entre Calles 39 y 40.

Adicionalmente se prohíbe la circulación de motocicletas con acompañante en las siguientes vías alrededor del Estadio de Béisbol Tomás Arrieta:

 

  • Carrera 54 entre la conectante debajo del puente de la Avenida Murillo y la calle 47.
  • Calle 47 entre carrera 54 y el empalme de la Avenida Murillo con la Vía 40 bordeando los costados occidental y norte del Estadio Tomás Arrieta.
  • Vía conectante del costado occidental del puente de la Avenida Murillo entre la Carrera 54 y la Vía 40.

La prohibición comienza a regir desde las 6:00 am del sábado 15 de marzo hasta el domingo 16 de marzo a las 7 p.m o la salida del señor Presidente de la Ciudad de Barranquilla.

El conductor y/o propietario que incurra en la infracción codificada C.14 Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por las autoridades competentes, será sancionado con multa equivalente a quince (15) salarios mínimos legales diarios vigentes.  Además,  el vehículo será inmovilizado. Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 de la Ley 769 del 2002, modificado por el artículo 21 de la Ley 1383 del 2010. Literal C14.

 Las Autoridades de Policía serán las encargadas de velar por el cumplimiento estricto de las anteriores disposiciones.

 

OFICINA DE COMUNICACIONES

SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD