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Funcionaria trabajando en el computador

El 5 de agosto vence el plazo para realizar traspaso a persona indeterminada

Traspaso a persona indeterminada

 

Cumpliendo los requisitos descritos en la Resolución 3282 de 2019 expedida por el Ministerio de Transporte, las personas que vendieron su vehículo hacen más de tres (3) años y siguen figurando como propietarios, porque aún no se ha registrado esa venta, la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial informa a la ciudadanía, que el viernes 5 de agosto de 2022, vence el plazo para realizar el trámite de traspaso a persona indeterminada y así dejar de ser responsables de las obligaciones de ese vehículo.

Tener en cuenta que después del 5 de agosto de 2022, no se podrá realizar dicho trámite y las personas con vehículos a su nombre que desconocen su paradero pueden llegar a estar inmersos en delitos realizados con ese vehículo o expuestos a que les carguen foto multas, embargos de cuentas bancarias y bienes, entre otras.

PASO A PASO TRASPASO A PERSONA INDETERMINADA

– Es muy importante estar al día con el pago del impuesto vehicular y la tasa de derecho de tránsito para realizar este trámite ante el RUNT. Si no ha efectuado el pago de estos tributos, no podrá realizar el trámite.

– Demostrar por medio de una declaración juramentada, que han transcurrido al menos 3 años desde que dejó de ser el poseedor del vehículo, es decir, que lo tiene en su poder otra persona.

– Estar inscrito en el RUNT como persona jurídica o natural, según sea el caso.

– Encontrarse paz y salvo en infracciones de tránsito o multas.

– Asegurarse que sobre el vehículo no pesen órdenes judiciales, no tenga prenda o medida que limite el traspaso. Si hay alguna debes previamente adelantar trámite para su desembargo o levantamiento de prenda, según sea el caso.

Importante: en caso de que el propietario registrado en el RUNT haya fallecido, sus herederos deberán exponer en una declaración juramentada que no han tenido posesión del vehículo durante esos tres años.

  1. El poder o contrato de mandato otorgado formalmente, cuando el propietario no actúe directamente.
  2. El documento original suscrito por el propietario, en el que manifieste la fecha, las razones por las cuales perdió la posesión del vehículo y que desconoce su paradero.
  3. El documento en el que conste el levantamiento de alguna limitación a la propiedad, en caso de existir.
  4. Llenar el Formulario Único Nacional de Tránsito y presentarlo.

Si tienes dudas sobre la documentación puedes ingresar a nuestro Manual de Trámites en la página web de la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial:tarifas/manual-de-tramites-y-servicios y seleccionar traspaso de propiedad de un vehículo automotor a persona indeterminada. https://www.barranquilla.gov.co/transito/tramites-y-

De igual manera a través de ALBA (asistente virtual de la Alcaldía de Barranquilla) en el WhatsApp 3104420195 o llamando a la línea 195, podrán obtener toda la información necesaria y solicitar cita para este trámite.

“Recuerden que no hacer este trámite a tiempo puede generarle cobro de impuestos, embargos a tus cuentas bancarias y hasta ocasionar que te vinculen en delitos y procesos penales. Invito a los usuarios a programarse y realizar el trámite con tiempo suficiente. Así mismo recordarles a los ciudadanos que si van a vender su vehículo, hagan el traspaso de manera inmediata”, declaró Ernesto Camargo Vargas, Secretario de Tránsito y Seguridad Vial.