El 5 de agosto vence el plazo para realizar traspaso a persona indeterminada
Traspaso a persona indeterminada
Cumpliendo los requisitos descritos en la Resolución 3282 de 2019 expedida por el Ministerio de Transporte, las personas que vendieron su vehículo hacen más de tres (3) años y siguen figurando como propietarios, porque aún no se ha registrado esa venta, la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial informa a la ciudadanía, que el viernes 5 de agosto de 2022, vence el plazo para realizar el trámite de traspaso a persona indeterminada y así dejar de ser responsables de las obligaciones de ese vehículo.
Tener en cuenta que después del 5 de agosto de 2022, no se podrá realizar dicho trámite y las personas con vehículos a su nombre que desconocen su paradero pueden llegar a estar inmersos en delitos realizados con ese vehículo o expuestos a que les carguen foto multas, embargos de cuentas bancarias y bienes, entre otras.
PASO A PASO TRASPASO A PERSONA INDETERMINADA
– Es muy importante estar al día con el pago del impuesto vehicular y la tasa de derecho de tránsito para realizar este trámite ante el RUNT. Si no ha efectuado el pago de estos tributos, no podrá realizar el trámite.
– Demostrar por medio de una declaración juramentada, que han transcurrido al menos 3 años desde que dejó de ser el poseedor del vehículo, es decir, que lo tiene en su poder otra persona.
– Estar inscrito en el RUNT como persona jurídica o natural, según sea el caso.
– Encontrarse paz y salvo en infracciones de tránsito o multas.
– Asegurarse que sobre el vehículo no pesen órdenes judiciales, no tenga prenda o medida que limite el traspaso. Si hay alguna debes previamente adelantar trámite para su desembargo o levantamiento de prenda, según sea el caso.
Importante: en caso de que el propietario registrado en el RUNT haya fallecido, sus herederos deberán exponer en una declaración juramentada que no han tenido posesión del vehículo durante esos tres años.
- El poder o contrato de mandato otorgado formalmente, cuando el propietario no actúe directamente.
- El documento original suscrito por el propietario, en el que manifieste la fecha, las razones por las cuales perdió la posesión del vehículo y que desconoce su paradero.
- El documento en el que conste el levantamiento de alguna limitación a la propiedad, en caso de existir.
- Llenar el Formulario Único Nacional de Tránsito y presentarlo.
Si tienes dudas sobre la documentación puedes ingresar a nuestro Manual de Trámites en la página web de la Secretaría de Tránsito y Seguridad Vial:tarifas/manual-de-tramites-y-servicios y seleccionar traspaso de propiedad de un vehículo automotor a persona indeterminada. https://www.barranquilla.gov.co/transito/tramites-y-
De igual manera a través de ALBA (asistente virtual de la Alcaldía de Barranquilla) en el WhatsApp 3104420195 o llamando a la línea 195, podrán obtener toda la información necesaria y solicitar cita para este trámite.
“Recuerden que no hacer este trámite a tiempo puede generarle cobro de impuestos, embargos a tus cuentas bancarias y hasta ocasionar que te vinculen en delitos y procesos penales. Invito a los usuarios a programarse y realizar el trámite con tiempo suficiente. Así mismo recordarles a los ciudadanos que si van a vender su vehículo, hagan el traspaso de manera inmediata”, declaró Ernesto Camargo Vargas, Secretario de Tránsito y Seguridad Vial.