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En el inicio de la etapa sancionatoria 20 comparendos a vehículos mal parqueados
BOLETÍN 134
La Secretaría de Movilidad informa a la ciudadanía que en el primer día de recorrido del vehículo equipado tecnológicamente para detectar el mal parqueo, se elaboraron 20 avisos de órdenes de comparendos que serán enviados a los propietarios de los vehículos que no acataron la señal de prohibido parquear.
COMO FUNCIONA:
Este vehículo circula en el Distrito con una cámara instalada en el techo, con capacidad de rotación de 360 grados y acercamiento de 30X y lleva la presencia de un agente de la Policía de Tránsito, quien validara las imágenes que permitan evidenciar la comisión de la infracción, identificación del vehículo, fecha y hora de la infracción y el lugar donde se efectuó la infracción de mal estacionado agregando la imagen la georreferenciación del GPS, que corresponde con las coordenadas y se le enviará el aviso de comparendo al propietario del vehículo.
SANCIONES:
De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, estacionar en sitios prohibidos se sanciona con quince (15)salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que equivale a $322.175.
TENER EN CUENTA LAS ZONAS DE PROHIBIDO PARQUEAR SEGÚN LA LEY 769 DE 2002:
-Vías arterias.
-Zonas de Seguridad.
-Dentro de un cruce.
-En puentes, viaductos, túneles, pasos bajos, estructuras elevadas o en cualquiera de los accesos a éstos.
-En carriles dedicados al transporte masivo sin autorización-
-A una distancia mayor de treinta /30) centímetros de la acera.
-En doble fila de vehículos estacionados, o frente a hidrantes y entradas de garajes.
-En curvas.
-Donde interfiera con salida con la salida de vehículos estacionados.
-Donde las autoridades de tránsito lo prohíban.
-En zonas de seguridad y de protección de la vía férrea, en la vía principal, vías secundarías, apartaderos, estaciones y anexidades férreas.
OFICINA DE COMUNICACIONES
SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD
JUNIO 18 DE 2015