En el inicio de la etapa sancionatoria 20 comparendos a vehículos mal parqueados

BOLETÍN 134

La Secretaría de Movilidad informa a la ciudadanía que en el primer día de recorrido del vehículo equipado tecnológicamente para detectar el mal parqueo, se elaboraron  20 avisos de órdenes de comparendos  que serán enviados a los propietarios de los vehículos  que no acataron la señal de prohibido parquear.

 

COMO FUNCIONA:

Este vehículo circula en el Distrito con una cámara instalada en el techo, con capacidad de rotación de 360 grados y acercamiento de 30X y lleva la presencia de un agente de la Policía de Tránsito, quien validara  las imágenes  que permitan evidenciar  la comisión de la infracción, identificación del vehícu­lo, fecha y hora de la infracción y  el  lugar  donde se efectuó la infracción de mal estacionado agregando la imagen la georreferenciación del GPS, que corresponde con las coordenadas y se le enviará el aviso de comparendo al propietario del vehículo.

 

SANCIONES:

De acuerdo con el Código Nacional de Tránsito, estacionar en sitios prohibidos se sanciona con quince (15)salarios mínimos diarios legales vigentes, lo que equivale a $322.175.

TENER EN CUENTA LAS ZONAS DE PROHIBIDO PARQUEAR SEGÚN LA LEY 769 DE 2002:

-Vías arterias.
-Zonas de Seguridad.
-Dentro de un cruce.
-En puentes, viaductos, túneles, pasos bajos, estructuras elevadas o en cualquiera de los accesos a éstos.
-En carriles dedicados al transporte masivo sin autorización-
-A una distancia mayor de treinta /30) centímetros de la acera.
-En doble fila de vehículos estacionados, o frente a hidrantes y entradas de garajes.
-En curvas.
-Donde interfiera con salida con la salida de vehículos estacionados.
-Donde las autoridades de tránsito lo prohíban.
-En zonas de seguridad y de protección de la vía férrea, en la vía principal, vías secundarías,   apartaderos, estaciones y anexidades férreas.

OFICINA DE COMUNICACIONES

SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD

JUNIO 18 DE 2015